Salta, 4 de Septiembre de 2007.

Res, 612/07

Expte. 2,556/05

 

 

VISTO:

            La nota del Sr. Fiscal General de Investigaciones Administrativas Dr. Guillermo Noailles que corre a fs. 16 del expte. de referencia, y;

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que la fiscalía de Investigaciones Administrativa solicita información sobre el criterio asumido por esta Universidad, como consecuencia del pronunciamiento efectuado por la Procuración del Tesoro de la Nación con fecha 16/12/04.

 

            Que por no tratarse de un docente de revista, el Consejo Directivo carece de atribuciones sancionatórias otorgadas por las disposiciones reglamentarias y demás normativas vigentes de esta Universidad.

 

            Lo dictaminado por Comisión de Ética, Reglamento e Interpretación de esta Unidad Académica.

 

            Lo resuelto por Consejo Directivo, constituido en Comisión, en su Reunión Ordinaria 09/07 de fecha 14.08.07.

 

POR ELLO:

 

            En uso de las atribuciones que le son propias

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

JURIDICAS y SOCIALES

RESUELVE

 

Artículo 1°.- Declarar que no corresponde sanción disciplinaria al Cr. Narciso Ramón Gallo, por su desvinculación como docente de esta Universidad y comunicar al Sr. Fiscal General de Investigaciones Administrativas.

 

Articulo 2°.- Tener presente que, por lo expuesto en el art. 1°, quedan a salvo trámites investigativos y sancionatorios que pudieran corresponder por otras normativas.

 

Articulo 2°.- De forma.

 

 

Cra. ELIZABETH TRUNINGER de LORE SECRETARIA ACADEMICA

 

Cr. VICTOR HUGO CLAROS DECANO