Res. 591/07

Salta, 31 de agosto de 2007

Expte. 6.676/06

 

 

      V I S T O: El Proyecto de Reglamento de Seminario de Práctica Profesional presentado por el Prof. Juan Justo Pérez Saez, para las carreras de Contador Público Nacional, Licenciado en Administración y Licenciado en Economía, planes de estudios 2003, de fs. 2-6; y

 

      CONSIDERANDO:

 

      La necesidad de reglamentar el funcionamiento del Seminario de Práctica Profesional o Seminario de Ciclo Profesional que forma parte de la currícula de los planes de estudios 2003, de esta Unidad Académica.

 

      Que, de fs. 8 a 15, obra el proyecto realizado en forma conjunta por los Prof. Juan Justo Pérez Saéz, Dra. Lidia Elbirt de Naón, Cra. María Rosa Panza de Miller, Cra. Gladys Macías de Méndez Vida!, Cra. Elizabeth Truninger de Lore, Secretaria Académica, y la Sra. Norma Vilca, Directora General Académica de esta Unidad Académica.

 

      Que ambas presentaciones presentan puntos de coincidencia y cumplimiento de las reglamentaciones vigentes y, en particular, disposiciones del CODECE, respecto a las prácticas Profesionales de las carreras de Ciencias Económicas.

     

      Lo dictaminado por la Comisión de Docencia a fs. 16.

 

      Lo resuelto por el Consejo Directivo en reunión ~ 9/07 de fecha 14 de agosto de 2007.

 

      POR ELLO: en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

JURIDICAS y SOCIALES

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1 .-APROBAR, en general y en particular, el Reglamento de Seminario de Práctica Profesional, para las carreras de Contador Público Nacional y Licenciatura en Administración y de Seminario del Ciclo Profesional de la carrera de Licenciado en Economía, todas Planes de Estudios 2003.

 

ARTÍCULO 2.- De forma.-

 

 

Cra. ELIZABETH TRUNINGER de LORE -SECRETARIA ACADEMICA

 

Cr. VICTOR HUGO CLAROS –DECANO

 

 

 

 

ANEXO I (Res. Nº 591/07)

REGLAMENTO DE SEMINARIO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

 

Carreras:   Contador Público Nacional- Plan de estudios 2003

            Licenciatura en Administración -Plan de estudios 2003

 

REGLAMENTO DE SEMINARIO DEL CICLOPROFESIONAL

 

Licenciatura en Economía -Plan de estudios 2003

 

 

FUNDAMENTOS

 

ARTÍCULO 1°,

 

La Universidad tiene como misión y función educar y formar profesionales y realizar investigaciones a través de la generación y difusión de los conocimientos, sometiendo sus actividades a las exigencias de la ética y del rigor científico intelectual.

 

Por otra parte, a los efectos de intensificar la formación práctica de los futuros egresados de esta Unidad Académica y la adquisición de habilidades y destrezas para el desempeño profesional, cumplida la enseñanza práctica incluida en el contrato pedagógico de los planes de estudios vigentes, se propicia, a través de este Seminario, un espacio final de integración de los conocimientos adquiridos y relacionados con el ejercicio profesional.

 

Las carreras de Ciencias Económicas deben garantizar ámbitos y modalidades de formación teórico -práctica que promuevan el desarrollo de competencias profesionales, acordes con la intencionalidad formativa.

 

La Unidad Académica, atendiendo al contexto socioeconómico y al tipo de inserción laboral de sus graduados, podrá contemplar diversas formas de llevar adelante esta capacitación.

 

Los docentes responsables del dictado de los Módulos que componen el Seminario de Práctica Profesional deben poseer la formación disciplinar necesaria para cada módulo y un perfil orientado a las Ciencias Económicas. El docente responsable del Módulo m será, también, coordinador de los 3 (tres) módulos del Seminario.

 

OBJETIVOS

 

ARTÍCULO 2°,

 

      a) Desarrollar aptitudes necesarias para encarar trabajos de investigación en el campo de las Ciencias Económicas.

      b) Propiciar la adquisición de conocimientos de los principios éticos en la investigación de las Ciencias Económicas       y de la práctica profesional.

 

      c) Adquirir conocimientos sobre Metodología de la Investigación en el campo de las Ciencias Económicas.

      d) Desarrollar la capacidad de plasmar por escrito los resultados de una investigación, con el análisis crítico de   situaciones teóricas y prácticas. Promover el desarrollo de capacidades para presentar formalmente los resultados de   una investigación, resguardando la privacidad del objeto de investigación.

 

ESTRUCTURA

 

ARTÍCULO 3°.

 

El Seminario de Práctica Profesional constará de tres módulos

 

      1. Módulo I: Ética y Deontología

      2. Módulo II: Teoría y Metodología de la Ciencia

      3. Módulo III:

 

            a) Contador Público Nacional

                  Plan de Trabajo, preparación y presentación del proyecto. Desarrollo y evaluación de un proyecto .

            b) Licenciado en Administración

                  Plan de Trabajo, preparación y presentación del proyecto. Desarrollo y evaluación de un proyecto empresa

            c) Licenciado en Economía

                  Plan de Trabajo y presentación de Seminario o Trabajo de Investigación del área de economía

 

DEL MÓDULO I

 

ARTÍCULO 4°. Contenidos. Ética y Deontología: La ética en el marco del conocimiento. El problema de la Moral. La profesión y el profesional. Deontología Profesional. La profesión del estudiante. El comportamiento ético en el ejercicio profesional de las Ciencias Económicas y Administrativas. La ética, las incumbencias y la legislación profesional. Normas y Principios a los que debe ajustar su ejercicio el Licenciado en Economía, el Contador Público Nacional y el Licenciado en Administración.

 

ARTÍCULO 5°. Se podrán proponer para el dictado de este Módulo, profesionales de reconocida trayectoria para que aborden, desde su ejercicio profesional específico, los contenidos que se involucren directamente con cada una de las carreras.

 

ARTÍCULO 6°. La carga horaria del Módulo I será de quince (15) horas en el cuatrimestre que se dicte, distribuida en cinco (5) semanas.

 

ARTÍCULO 7°. Evaluación: El Módulo será promocional, siendo requisito para ello aprobar dos (2) trabajos prácticos y una (1) evaluación parcial, y tener un porcentaje de asistencia no menor al setenta y cinco por ciento (75%).

 

DEL MÓDULO II

 

ARTÍCULO 8°. Contenidos. Teoría y Metodología de las Ciencias: Especificidad de las Ciencias Sociales. Epistemología de las Ciencias Económicas. Método, estrategias y parámetros en Ciencias Económicas. La contextualidad. Nuevos abordajes metodológicos en Ciencias Económicas.  Metodología. Organización del trabajo intelectual. Búsqueda bibliográfica. Preparación de trabajos escritos. Elementos y técnicas de investigación

 

ARTÍCULO 9°. La carga horaria del Módulo II será de treinta (30) horas en el cuatrimestre que se dicte, distribuida en diez (10) semanas.

 

ARTÍCULO 10º. Evaluación. El Módulo será promocional, siendo requisito para ello aprobar dos (2) trabajo prácticos y una (1) evaluación parcial, y tener un porcentaje de asistencia no menor al setenta por ciento (75%).

 

 

DEL MODULO III DE LA CARRERA DE LICENCIADO EN ECONOMIA

 

ARTICULO 11º. Contenidos. Plan de Trabajo y presentación de Seminario o Trabajo de Investigación del área de economía.

 

ARTÍCULO 12°. El alumno deberá acreditar una carga horaria mínima de cuarenta y cinco (45) horas para el desarrollo de este módulo.

 

ARTÍCULO 13°. Los alumnos podrán aprobar el Módulo III presentando un Plan de Trabajo vinculado con algunas de las siguientes modalidades:

 

1. PASANTIAS y ADSCRIPCIONES A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

 

El alumno, una vez aprobado los Módulos I y II del Seminario de Práctica Profesional, podrá solicitar la acreditación de pasantías cumplidas en organismos públicos, de orden nacional, provincial o municipal, empresas privadas u organismos no gubernamentales (según lo establecido por Res. CS 423/06 -Reglamento de Pasantías), como Módulo III del presente seminario.  Asimismo podrá solicitar adscripción a un proyecto de investigación que se desarrolle en la

Facultad.

 

Se podrán aceptar pasantías cumplidas hasta doce meses anteriores al cursado del Módulo I del Seminario de Práctica Profesional, pero la constitución de Tribunal Examinador del Módulo III se realizará luego de aprobados los Módulos I y II.

 

Las condiciones para la acreditación de pasantías o adscripciones como Módulo III, son las siguientes:

 

a) Seguimiento periódico e informe final de un Tutor, quien deberá ser docente de esta Unidad Académica. Transitoriamente se podrá exceptuar del requisito de este punto a los alumnos que cumplieron pasantías durante los periodos académicos 2006 y 2007, quienes deberán demostrar su desempeño a través de un informe del jefe inmediato superior del organismo o empresa donde se haya desempeñado.

 

b) Las tareas cumplidas durante la pasantía deberán estar directamente relacionadas con aspectos del ejercicio de la profesión elegida

 

c) El plan de Trabajo para las pasantías consistirá en un Informe de Pasantía o Informe de Adscripción, donde el alumno deberá integrar el marco teórico y la formación práctica lograda durante ésta. Todo el desempeño de la pasantía o la adscripción deberá sustentarse en los contenidos del Módulo I, mientras que el informe deberá tener como marco los contenidos desarrollados en el Módulo II.

 

El Informe de Pasantía o Informe de Adscripción será evaluado según lo establecido por los Artículos 16° y 17° del presente reglamento. El tutor podrá presenciar el examen, sin intervenir en la ponderación final del mismo.

 

2. PRÁCTICAS LABORALES

 

El alumno una vez aprobados los Módulos I y II del Seminario de Práctica Profesional, podrá solicitar la acreditación de prácticas laborales cumplidas en organismos públicos, de orden nacional, provincial o municipal, empresas privadas u organismos no gubernamentales, como Módulo III del presente Seminario.

 

 

Las condiciones para la acreditación de estas prácticas laborales como Módulo III son las siguientes:

 

a) Ser empleado en relación de dependencia de alguna de las organizaciones mencionadas.

b) Seguimiento periódico e informe final de un Tutor, el que se basará en un informe de desempeño del jefe inmediato superior del organismo o empresa donde cumple tareas.

c) El tutor deberá ser docente de esta Unidad Académica.

d) Las tareas cumplidas en el desempeño de funciones deberán estar directamente relacionadas con aspectos del ejercicio de la profesión elegida.

e) El plan de Trabajo, en el caso especial de las prácticas laborales, consistirá en un Informe de Práctica Laboral, donde el alumno deberá integrar, críticamente, el marco teórico y la formación práctica lograda durante la misma. Todo el desempeño deberá sustentarse en los contenidos del Módulo I, mientras que el informe deberá tener como marco los contenidos desarrollados en el Módulo II.

 

El Informe de Práctica Laboral será evaluado según lo establecido por los Artículos 16° y 17° del presente reglamento. El tutor podrá presenciar el examen, sin intervenir en la ponderación final del mismo.

 

3. EVALUACIÓN SOCIAL DE PROYECTO

 

El alumno, en cumplimiento del Módulo m, podrá diseñar, como Plan de Trabajo, un Proyecto sobre la base de una organización a propuesta de él o por sugerencia del docente responsable del Módulo III.

 

Para realizar su trabajo, el alumno deberá:

 

a) Visitar algún organismo e identificar la necesidad de formular un proyecto de inversión con impacto social.

b) Contar con un Seguimiento periódico e informe final de un Tutor, el que deberá ser docente de esta Facultad.

c) Diseñar, formular y evaluar un proyecto.

 

El Proyecto identificado, diseñado y evaluado debe ser original y creativo en la dimensión de cómputo de precios sociales.

 

4. TRABAJO DE INVESTIGACIÓN ACADÉMICA

 

a) Forma de cursado: Los trabajos serán individuales, salvo que, por la complejidad del tema a investigar, el Director autorice realizarlo hasta por un máximo de tres (3) alumnos. Si a criterio del Profesor Director el tema amerita subdividirse entre más personas, cada una de ellas elaborará el trabajo en forma individual sobre la parte que le corresponda.

 

b) Tema: Los alumnos deberán elegir temas directamente relacionados con las asignaturas específicas de la carrera de Licenciado en Economía. Los temas interdisciplinarios podrán tener Co-Director.

 

c) Plan de Trabajo: El alumno comunicará mediante nota al señor Decano, con el Visto Bueno del Director del trabajo y del responsable del Módulo m, el tema elegido y el Plan de Trabajo que cumplirá durante la investigación. Éste último deberá contener:

c1. Tema elegido

c2. Fundamentación, objetivos y/o hipótesis planteada

c3. Métodos de investigación a emplear

c4. Bibliografía.

 

El decano deberá emitir el acto administrativo aprobando el Plan de Trabajo.

 

 

ARTÍCULO 14°. Del Director de la Investigación: El Director del Trabajo de Investigación deberá revistar en la categoría de Profesor o Auxiliar de la Docencia (éste último deberá tener rango de investigador categorizado), de alguna asignatura de la carrera de Economía.

 

ARTÍCULO 15°. Funciones del Director

 

a) Dirigir el trabajo, orientar el planteo sujeto a estudio, su análisis, críticas, metodología a seguir y conclusiones.

b) Mantener entrevistas de seguimiento, para lo que fijará previamente los días y horas de entrevistas.

c) Prestar conformidad para que, una vez concluidas las actividades de investigación y emitidas las conclusiones finales, el responsable del Módulo III tramite la defensa del informe ante un tribunal examinador.

 

Si durante el desarrollo de la investigación, el Director designado no pudiera continuar cumpliendo con su función, el Director del Departamento de Economía deberá proponer un reemplazante o, en su defecto, un nuevo tema a investigar.

 

ARTÍCULO 16°. Presentación del Trabajo de Investigación

 

a) Una vez concluido el Trabajo de Investigación, el alumno, con el Visto Bueno del Director, solicitará al responsable del Módulo III la tramitación de la defensa de su trabajo. Junto con esta solicitud deberá adjuntar cuatro (4) ejemplares para su evaluación. El responsable del Módulo III elevará al Decano la solicitud y propondrá la integración del Tribunal Examinador .

 

b) Transcurridos sesenta (60) días de la aprobación del Plan de Trabajo, y dentro de los dos (2) años posteriores a la aprobación de la última materia del Plan de estudios, el alumno podrá presentarse a defender el Trabajo.

 

c) Transcurridos dos (2) años desde la aprobación de la última materia del plan de estudios sin que se haya presentado a defender el trabajo, el alumno y el Director podrán solicitar prórroga, que no podrá exceder los noventa (90) días, fundamentando expresamente la causa de la demora. En caso contrario, el alumno deberá reiniciar el trámite con otro tema.

 

d) Si las circunstancias lo justifican, el alumno, con el acuerdo del Director, podrá cambiar de tema de su trabajo de investigación. Esta situación deberá ser comunicada al responsable del Módulo III, y éste insertará la novedad en el expediente, debiéndose remitir en un plazo de quince (15) días hábiles, prorrogables por única vez por otro plazo igual ante solicitud fundada, el nuevo Plan de Trabajo. Esta actuación invalida todos los plazos anteriores, considerándose este momento como el inicio de un nuevo trabajo de investigación.

 

ARTÍCULO 17°. Defensa del Trabajo

 

a) La defensa del Trabajo se efectuará entre los quince (15) y treinta (30) días corridos desde la presentación del alumno solicitando la constitución del tribunal examinador .

 

b) El Decano te Resolución, fijará fecha de constitución del Tribunal Examinador en la cual el alumno defenderá su trabajo; quien podrá utilizar los medios didácticos de apoyatura que considere y que estén disponibles.

 

c) El Tribunal examinador estará compuesto el docente responsable del Módulo III y por otros dos (2) docentes de la o las cátedras afines al tema, y su actuación se ajustará a lo que establece la normativa vigente en materia de tribunales examinadores. El Director del Trabajo de Investigación podrá asistir a la defensa sin voz ni voto pudiendo, ante un requerimiento específico, aclarar aspectos del trabajo.

 

d) El Tribunal examinador podrá:

 

1. Efectuar los interrogatorios que crea oportuno y cuestionar las opiniones vertidas y sus conclusiones, pero no podrá basar la calificación en opiniones que no comparta si es que éstas hubiesen sido correctamente expuestas, defendidas y fundamentadas.

 

2. Disponer que el trabajo sea ampliado o corregido en algunos puntos, lo que deberá realizarse dentro de los sesenta (60) días hábiles corridos posteriores y ser sometido a nueva defensa, en los plazos acordados.

 

e) El Tribunal evaluará el trabajo y su exposición, ponderando la calificación de acuerdo con la escala vigente en la Facultad.

 

DEL MÓDULO III DE LA CARRERA DE LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN

 

 

ARTÍCULO 18°. Contenidos. Plan de trabajo, preparación y presentación del proyecto. Desarrollo y evaluación de un proyecto empresa.

 

ARTÍCULO 19°. El alumno deberá acreditar una carga horaria mínima de cuarenta y cinco (45) horas, para el desarrollo de este Módulo.

 

ARTÍCULO 20°. Del desarrollo y evaluación de un proyecto empresa. Para los alumnos de esta carrera, el Seminario será el resultado de un trabajo de indagación que identifique, describa y analice una oportunidad de negocio y examine la viabilidad legal, técnica, económica y financiera de la misma, desarrollando todos los procedimientos y estrategias necesarias para convertir la citada oportunidad en un proyecto empresarial concreto.

 

a) Forma de cursado. Los trabajos serán individuales, salvo que, por la complejidad de la temática a desarrollar, el Director autorice su ejecución por hasta un máximo de dos (2) alumnos.

 

b) Empresa a desarrollar. El Proyecto empresa deberá contemplar entre otros aspectos, el surgimiento de la idea, la descripción de la actividad comercial o servicio a desarrollar, su ubicación geográfica, el mercado que cubrirá, el contexto macro y micro económico y el marco financiero, contable y administrativo a implementar, haciendo especial hincapié en la mirada ética que la futura empresa exigirá.

 

c) Plan de Trabajo: El alumno comunicará mediante nota al señor Decano y con el Visto Bueno del Director del trabajo y del responsable del Módulo III, el proyecto empresa elegido y el Plan de Trabajo que cumplirá. Éste último deberá contener:

 

1.    Empresa elegida

2.    Descripción general del proyecto

3.    Metodología de trabajo a emplear

4.    Bibliografía

 

El Decano deberá emitir el acto administrativo aprobando el Plan de Trabajo.

ARTÍCULO 21°. Del Director del Proyecto Empresa. El director del trabajo deberá revistar en la categoría de Profesor o Auxiliar de la Docencia de alguna de las asignaturas específicas de la carrera de Licenciatura en Administración.

 

ARTÍCULO 22°. Funciones del Director del Proyecto Empresa. El Director cumplirá las funciones establecidas en el Artículo 15° del presente reglamento.

 

ARTÍCULO 23°. Presentación del Proyecto empresa y defensa del trabajo. El informe final del Proyecto empresa será presentado y evaluado según lo establecido en los Artículos 16° y 17° del presente reglamento.

 

DEL MÓDULO III DE LA CARRERA DE CONTADOR PÚBLICO NACIONAL

 

ARTÍCULO 24°. Contenidos. Plan de trabajo, preparación y presentación de un proyecto. Desarrollo y evaluación de un proyecto.

 

ARTÍCULO 25°. El alumno deberá acreditar una carga horaria mínima de cuarenta y cinco (45) horas para el desarrollo de este módulo.

 

ARTÍCULO 26°. Los alumnos podrán aprobar el Módulo III, presentando un Plan de Trabajo vinculado con algunas de las siguientes modalidades:

 

1. PASANTÍAS: El alumno, una vez aprobado los Módulos I y II del Seminario de Práctica Profesional, podrá solicitar la acreditación de pasantías cumplidas en organismos públicos, de orden nacional, provincial o municipal, empresas privadas u organismos no gubernamentales (según lo establecido por Res. CS 423/06 -Reglamento de Pasantías), como Módulo III del presente seminario.

 

Se podrán aceptar pasantías cumplidas hasta doce meses anteriores al cursado del Módulo I del Seminario de Práctica Profesional, pero la constitución de Tribunal Examinador del Módulo III se realizará luego de aprobados los Módulos I y II.

 

Las condiciones para la acreditación de pasantías como Módulo 111, son las siguientes:

 

a) Seguimiento periódico e informe final de un Tutor, quien deberá ser docente de esta Unidad Académica. Transitoriamente se podrá exceptuar del requisito de este punto a los alumnos que cumplieron pasantías durante los periodos académicos 2006 y 2007, quienes deberán demostrar su desempeño a través de un informe del jefe inmediato superior del organismo o empresa donde se haya desempeñado.

b) Las tareas cumplidas durante la pasantía deberán estar directamente relacionadas con aspectos del ejercicio de la profesión elegida.

c) El plan de Trabajo para las pasantías consistirá en un Informe de Pasantía, en donde el alumno deberá integrar el marco teórico y la formación práctica lograda durante ésta. Todo el desempeño de la pasantía deberá sustentarse en los contenidos del Módulo I, mientras que el informe deberá tener como marco los contenidos desarrollados en el Módulo II.

d) El informe de pasantía será presentado y evaluado según lo establecido por los Artículos 16º y 17º del presente reglamento. El tutor podrá presenciar el examen, sin intervenir en la ponderación final del mismo.

 

2. PRÁCTICAS LABORALES: El alumno, una vez aprobados los Módulos I y II del Seminario o de Práctica Profesional, podrá solicitar la acreditación de prácticas laborales cumplidas en organismos públicos, de orden nacional, provincial o municipal, empresas privadas u organismos no gubernamentales, como Módulo m del presente Seminario.

 

Las condiciones para la acreditación de estas prácticas laborales como Módulo III son las siguientes:

 

a) Ser empleado en relación de dependencia de alguna de las organizaciones mencionadas.

b) Seguimiento periódico e informe final de un Tutor, el que se basará en un informe de desempeño del jefe inmediato superior del organismo o empresa donde cumple tareas.

c) El tutor deberá ser docente de esta Unidad Académica.

d) Las tareas cumplidas en el desempeño de funciones deberán estar directamente relacionadas con aspectos del ejercicio de la profesión elegida.

e) El plan de Trabajo, en el caso especial de las prácticas laborales, consistirá en un Informe de Práctica Laboral, donde el alumno deberá integrar, críticamente, el marco teórico y la formación práctica lograda durante la misma. Todo el desempeño deberá sustentarse en los contenidos del Módulo I, mientras que el informe deberá tener como marco los contenidos desarrollados en el Módulo II.

f) El Informe de Práctica Laboral será presentado y evaluado según lo establecido por los Artículos. 16° y 17° del presente reglamento. El tutor podrá presenciar el examen, sin intervenir en la ponderación final del mismo.

 

3. PROYECTOS: El alumno, en cumplimiento del Módulo III, podrá diseñar, como Plan de Trabajo, un Modelo de Simulación sobre la base de una empresa o ente de la zona, a propuesta de él o por sugerencia del docente responsable del Módulo III.

 

Para realizar su trabajo, el alumno deberá:

 

a) Visitar algún organismo y/o empresa del medio y observar los procesos productivos, comerciales y/o de generación de servicios. Para ello deberá poner en práctica sus habilidades comunicacionales. Las entrevistas que realice deberán limitarse a los aspectos internos de la empresa o del ente.

b) Contar con un Seguimiento periódico e informe final de un Tutor, el que deberá ser docente de esta Facultad.

c) Diseñar, a partir de la experiencia lograda en estas visitas, un modelo de simulación del trabajo de la empresa u organismo visitado. Este modelo deberá conformar un trabajo integral que contemplará aspectos contables, jurídicos, tributarios, administrativos, económicos y de información gerencial. En las conclusiones deberán abordarse propuestas

de ajustes que optimicen el funcionamiento del modelo propuesto.

El Modelo de Simulación debe ser original y creativo en los aspectos administrativos, contables y de gestión, de tal forma que el ente seleccionado sea tan solo una base para el trabajo. Sería deseable que el diseño a desarrollar fuera una empresa o ente competidor del organismo observado.

Además, el alumno deberá integrar críticamente el marco teórico y la formación práctica lograda durante sus observaciones.

 

Todo el desempeño deberá sustentarse en los contenidos del Módulo I, mientras que el informe arco los contenidos desarrollados en el Módulo II del Seminario.

 

El Modelo de Simulación será presentado y evaluado según lo establecido por los Artículos 16° y 17° del presente reglamento. El tutor podrá, presenciar el examen, sin intervenir en la ponderación final del mismo.

 

Esta Modalidad de aprobación del Módulo m quedará sujeta a la disponibilidad de empresas o entes que autoricen las actividades de observación de los alumnos. A tales efectos, el responsable del Módulo m deberá cumplimentar las formalidades administrativas correspondientes y necesarias que posibiliten la implementación de esta actividad.

 

4. TRABAJOS INTEGRADORES SOBRE "ESTUDIOS DE CASOS": Si el alumno no pudiera acceder a ninguna de las opciones anteriores, una vez aprobados los Módulos I y II del Seminario de Práctica Profesional, podrá optar por la realización de trabajos integradores sobre "Estudios de Casos", los que serán proporcionados por el responsable del Módulo III.

 

Para cumplir con esta actividad el alumno deberá:

 

a) Resolver el o los casos propuestos por el Responsable del Módulo III, en forma global e integrada. Para ello deberá aplicar los saberes teóricos y prácticos adquiridos durante la carrera, como así también los aspectos abordados en los Módulos I y II del Seminario.

b) Elaborar un Informe Final, que se basará en una descripción crítica de toda la actividad desarrollada a partir del estudio del caso analizado.

 

El Informe Final será presentado y evaluado según lo establecido por los Artículos 16° y 17° del presente reglamento.

 

Artículo 27.- ESTABLECER que toda cuestión no contemplada en el presente Reglamento, podrá ser resuelta por el Señor Decano, previo dictamen de la Comisión de Docencia del Consejo Directivo.