RESOLUCIÓN Nº 190-07
EXPEDIENTE Nº 6.171/05
Salta, 10 ABR 2007
VISTO:
Las diversas presentaciones del Cr. Sergio Arn1ando Simesen de
Bielke, Director del Posgrado Especialización en Tributación informando que
alumnos de las distintas ediciones de la mencionada carrera rindieron Módulos
sin tener las correspondientes correlativas aprobadas, y.
CONSIDERAND:
Que, en virtud de que se debe dar cumplimiento al régimen de
correlatividades vigente, no pueden figurar en las actas de exámenes de las
distintas asignaturas del referido posgrado, alumnos que no cumplan con éste.
Que, de acuerdo a las características generales de la carrera
(inciso 6.1. de la Res. Nº 350/02), se puede admitir para uno o varios módulos
de la carrera, cursantes con título de grado que deseen profundizar sus
conocimientos en áreas específicas de la tributación, los que podrán obtener un
certificado de asistencia cuando cumplieran con el requisito de asistencia el
75% de las clases dictadas o un certificado de aprobación de estos módulos
cuando cumpla las exigencias de 75 % de asistencia y evaluación
correspondiente, de acuerdo a lo establecido para el módulo.
Que, en el mismo inciso se prevee la posibilidad de reconocimiento
de módulos en
ediciones posteriores del mencionado posgrado cuando manifiesten
su voluntad de integrarse a estas.
Que existen alumnos que aprobaron la evaluación de distintos
módulos de la carrera de Especialización en Tributación y que no figuran en las
actas de exámenes correspondientes por cuanto no cumplían las correlatividades
establecidas por los planes de estudios.
Que, a excepción de los trámites de equivalencias o
reconocimientos, sólo los docentes tienen la facultad de aprobar módulos o
asignaturas en esta Universidad, por lo cual, es necesario que, lo
anteriormente expuesto, quede registrado en la Facultad, para cualquier trámite
que realizara en el futuro el interesado.
Lo dictaminado por la Comisión de Posgrado del Consejo Directivo
de la Facultad
a fs. 6,15,28 y 47.
Lo dispuesto por el Consejo Directivo en su reunión N° 17/06 de
fecha 24 de octubre de 2006.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,
JURIDICAS y
SOCIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO N° 1.- FACULTAR al Departamento de Informática para
generar el libro de actas de exámenes, con identificación diferente al
correspondiente a los alumnos regulares, donde se registrará la aprobación de
Módulos del posgrado Especialización en Tributación por parte de profesionales
comprendidos en el inciso 6.1 de la Res. CS N° 350/02 o de alumnos que no
cumplan con el régimen de correlatividades vigente para la carrera.
ARTICULO N° 2.- ESTABLECER que el registro de profesionales, ya
sean los comprendidos en el inciso 6.1 de la Res. CS ~ 350/02 o alumnos del
posgrado que no cumplan con las correlatividades, será por el número de
documento y no por número de Libreta Universitaria del posgrado.
ARTICULO N° 3.- ESTABLECER que los profesionales que aprobaran
Módulos del posgrado Especialización en Tributación sin cumplir
correlatividades y que, en ediciones posteriores, se incorporaran nuevamente
como alumnos regulares podrán solicitar el reconocimiento de éstos cuando
cumplan el régimen de correlatividades vigente para la edición.
ARTICULO N° 4.- De forma.
nv
Cr. VICTOR HUGO CLAROS, DECANO
Cra. ELIZABETH TRUNINGER DE LORE, SECRETARIA ACADEMICA