San Ramón de la Nueva Orán,

 

Expediente Nº SO-19.319/10.-

 

VISTO:

 

                                   Las presentes actuaciones con relación a la nota presentada por el Supervisor General den Servicios Sr. Néstor Palavecino, fs. 74, en referencia a tareas que realiza el  agente Juan Manguía, Ordenanza Categoría 6 de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta ; y

 

                        CONSIDERANDO:

 

                                   Que, el Sr. Palavecino, en su nota informa que en una supervisión de rutina sobre las instalaciones que la Sede Orán tiene en la Avenida Fassio, verifica un notable descuido de la limpieza que debe realizar diariamente el Sr. Manguía.-

 

                                        Que, a fs. 76, el Dr. César Moreno, docente de la carrera Tecnicatura Universitaria en Administración de Empresas Agropecuarios de la Sede Orán, eleva nota indicando que no puede dictar clases en forma normal, en virtud de no contar los espacios físicos del edificio ubicado sobre la Avenida Fassio en condiciones de limpieza acordes para el normal desarrollo de las actividades docentes.-

 

                                       Que, a fs. 77 y 77 vta., alumnos de la carrera de Enfermería de la Sede Orán, elevan nota de queja sobre la limpieza en el sector de la Avenida Fassio, indicando que en reiteradas ocasiones el lugar se encontraba en muy mal estado de limpieza.-

 

                                       Que, la Dirección General de Administración de la Sede Orán, fs. 79 y 80, informa que de acuerdo al Artículo 12º del Decreto Nº 366/2006, establece en el punto e); “Obedecer toda orden emanada del superior jerárquico competente que reúna las formalidades del caso y tenga por objeto la realización de actos de servicios compatibles con la función del agente”.

 

                                      Que, siguiendo con lo informado por la Dirección General de Administración, establece el Régimen Disciplinario, Artículo 140º y las causales de sanción, Artículo 142º, concluyendo en el último párrafo del informe, que se debe aplicar al Sr. Juan Manguía, dos (2) días de suspensión sin prestación de servicios ni percepción de haberes, en la forma y los términos que determine la reglamentación.-

 

                                   Que, de acuerdo a lo expresado precedentemente se debe elaborar  el acto administrativo correspondiente que avale todas las actuaciones; y

 

                        POR ELLO:

 

LA DIRECTORA DE LA SEDE  ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R  E  S  U  E  L  V  E

 

ARTICULO 1º :  Aplicar al Sr. Juan Manguía DNI.Nº 10.836.426, Ordenanza Categoría 6 de la Sede Orán de la Universidad Nacional de Salta, 2 (dos) días de suspensión, sin prestación de servicio ni percepción de haberes, en un todo de acuerdo a los considerando de la presente resolución y a la reglamentación vigente, Artículo 140º y 142º del Decreto 366/06.

 

ARTICULO 2º : Determinar que la fecha de suspensión estipulada en el artículo precedente, serán los días 1 y 2 de noviembre de 2012.

 

 

                                                                       Expediente Nº SO-19.319/10.-

 

 

 

 

ARTICULO 3º- Disponer el descuento de 2 (dos) días de sus haberes por la suspensión indicada en el  Artículo 1º de la presente resolución.

 

ARTICULO 4º- Notificar al implicado a los efectos de que se acoja, de así considerarlo, al beneficio de descargo previsto en las reglamentaciones vigentes y en los tiempos establecidos en las mismas, correspondiendo interponer recurso Administrativos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente hábil de su notificación personal o por cédula, de conformidad a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

 

ARTICULO 5º :  Elevar la presente Resolución a Rectorado para su convalidación y cursar copia al Sr. Juan Manguía, Dirección General de Personal, Dirección General de Administración de la Sede Orán, Supervisor Servicios Generales de la Sede Orán y Oficina de Personal para su conocimiento y efectos.

 

hc