San Ramón de la Nueva Orán,

 

Expediente Nº SO-19.051/09.-

 

 

            VISTO:

                        La nota elevada por el Dr. Misael Antelo Cortez, con relación a la conformación de la Comisión de Salud y Seguridad Laboral de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta; y

 

 

            CONSIDERANDO:

 

                        Que, en dicha nota solicita que se conforme la Comisión de acuerdo a lo resuelto en la primera reunión del Comité Central de Salud y Seguridad Laboral de la Universidad Nacional de Salta, indicando que la misma deberá estar integrada por un representante de Dirección, un representante Docente y un representante del Personal de Apoyo Universitario.

 

                        Que, el representante por la Dirección de la Sede Orán fue designada el Dr. Misael Antelo Cortez; y el Reunión Ordinaria del Consejo Asesor de la Sede Orán, de fecha 18 de marzo de 2009, aprueba por unanimidad designar como representante Docente al Ing. Lucio Constantino Gómez.

 

                        Que, el representante PAU de la Sede, de acuerdo a lo informado por la Consejera del PAU, ante el Consejo Asesor, Sra. Elsa Lucero de Ortega, recaería en el Sr. Néstor Palavecino.

 

                        Que, se debe emitir el instrumento legal correspondiente que avale las presentes actuaciones; y

 

            POR ELLO:

 

EL DIRECTOR DE LA SEDE REGIONAL ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R  E  S  U  E  L  V  E

 

ARTÍCULO 1º: Designar los integrantes de la Comisión de Salud y Seguridad Laboral de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta, en un todo de acuerdo a los considerando de la presente resolución, quedando conformada de la siguiente manera:

 

-          Representante por Dirección:  Dr. Misael Antelo Cortez

-          Representante por los Docentes: Ing. Lucio Constantino Gómez

-          Representante P.A.U.: Sr. Néstor Palavecino

 

ARTÍCULO 2º: Elevar la presente resolución a Rectorado para su homologación, y cursar copia a los interesados, Comité Central de Salud y Seguridad Laboral de la Universidad Nacional de Salta, Secretaría de Sede y Consejo Asesor para su conocimiento y efectos.-  

 

hc