San Ramón de la Nueva Orán,

 

Expediente. Nº SO-19.248/08

 

 

VISTO:

 

                        Las Presentes actuaciones  en relación a extensión de regularidad de asignaturas de la Carrera de Enfermería de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta; y

 

CONSIDERANDO:

 

                         Que, mediante Resolución  Nº 005/05, del Consejo Directivo de la  Facultad de Ciencias de la Salud, establece el  procedimiento para las solicitudes de prórroga de regularidad y/o condicionalidad interpuesto por alumnos de las carreras que se dictan en Sede Regional Orán y que dependan académicamente de esta Facultad.

 

                        Que,  se dio cumplimiento a todos los puntos del Art. 1º de la Resolución  Nº 005/05  del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud.

 

                        Que, el Consejo Asesor de la Sede Regional Orán, en Reunión Ordinaria de fecha 01 de octubre  de 2008, constituida en Comisión de Docencia, aprueba por unanimidad el pedido realizado por el alumno Julio Ary Dip, otorgando por única vez la extensión de regularidad hasta el Turno Ordinario Noviembre-Diciembre/08, de la asignatura Enfermería Pediátrica de la carrera de Enfermería de la Sede Orán.

              

                         Que,  se debe emitir el  instrumento legal correspondiente; y

 

POR ELLO:

 

EL DIRECTOR DE LA SEDE REGIONAL ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E

 

 

 ARTÍCULO 1º: Autorizar la  prorroga de regularidad hasta el Turno Ordinario Noviembre-Diciembre/2008, al alumno que se detalla, en la asignatura que se especifica y que se indica a continuación:

 

Apellido y Nombre del Alumno

L.U. Nº

Asignatura

 

Dip, Julio Ary

 

5.356

 

Enfermería Pediátrica

 

 

ARTÍCULO 2º: Elevar la presente Resolución a la Facultad de Ciencias de la Salud para su convalidación  y  cursar copia a Departamento Alumnos, Secretaría de Sede Consejo  Asesor y  Coordinación de Carrera para su conocimiento y efectos.

 

hc