San Ramón de la Nueva Orán,

 

Expediente Nº SO-19.249/07.-

 

                        VISTO:

                                   La Resolución Nº 656/95 de Rectorado de la Universidad Nacional de Salta, con relación al Ingreso de Alumnos a la Universidad bajo el Régimen AM. 25; y

 

                        CONSIDERANDO:

 

                                   Que, en la Resolución mencionada precedentemente, establece los requerimientos básicos para lograr, con carácter de excepción, la condición de aspirante a la Universidad por parte de los postulantes mayores de 25 años sin título de estudios secundario, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley de Educación Superior.

                                   Que, de acuerdo al acta presentada por la Comisión Evaluadora, conformada mediante Resolución Nº 276/07, se indica la nómina de los alumnos que cumplieron con los lineamientos de la Resolución Nº 656/95, para el ingreso 2007.

 

                                   Que, se debe elaborar el instrumento legal correspondiente que avale todas estas actuaciones; y

.

                        POR ELLO:

 

EL DIRECTOR DE LA SEDE REGIONAL ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R  E  S  U  E  L  V  E

 

ARTICULO 1º: Tener por incorporada como Alumna Ingresante de la Universidad Nacional de Salta, Sede Regional Orán, a los postulantes mayores de 25 años sin título de estudios secundarios inscriptos para el período lectivo 2008 de la Carrera Técnico Universitario en Administración Agropecuaria, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley de Educación Superior y Resolución Nº 656/95 del Consejo Superior de la U.N.Sa.; de acuerdo al siguiente detalle:

 

- Figueroa, Silvina del Valle                             DNI.Nº           22.869.833

 

ARTICULO 2º : Elevar la presente resolución a la Facultad de Ciencias Naturales a efectos de su convalidación, y cursar copia a Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, Secretaría de Sede, Departamento Alumnos y Consejo Asesor para su conocimiento y efectos.-

 

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