SALTA, 27 de junio de 2007

Expediente  Nº 21.040/07.-

RESOLUCIÓN Nº  042-2007 - I.E.M.

            VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Sra. Vicedirectora T.M. de este Instituto, Prof. Mónica S. JORGENSEN, solicita la aplicación de sanción para el alumno Mariano MATÉ, y

            CONSIDERANDO:

            Que del informe de Vicedirección se pudo comprobar que el alumno GUDIÑO CUEVAS introdujo a la institución una bala de plomo, que luego fue explotada por el alumno Mariano MATE en horario del turno mañana.

            Que, asimismo, también se pudo detectar que los alumnos Mariano MATÉ y Sergio YAPURA participaron de la introducción al colegio de una botella de plástico que contenía bebida alcohólica, con intención de beberla.

            Que se mantuvo una entrevista con el alumno Maté, su tutora y el Servicio de Orientación, donde se trató esta problemática.

            Que de lo observado en el legajo personal, se desprende que el alumno citado cuenta con otras sanciones previas por motivos de inconductas.

Que el Artículo 9º del Régimen de Convivencia de este Instituto establece que las sanciones serán aplicadas siempre como instrumento educativo y con la finalidad fundamental de la toma de conciencia y el cambio de actitud del alumno, en orden a su realización como persona responsable y el mantenimiento de un ambiente educativo que facilite el normal desarrollo de la vida escolar.

Que resulta necesario dejar expresamente aclarado que la sanción que se aplica al alumno MATÉ, se realiza teniendo en cuenta que el mismo ya registra en su legajo personal sanciones previas y en el marco de lo establecido por el Cap. VII – Art. 7º - Inc. 4 del Reglamento de Convivencia del I.E.M.

POR ELLO y en uso de sus atribuciones,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA

 "DR. ARTURO OÑATIVIA"

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°.- Aplicar la sanción de APERCIBIMIENTO al alumno Mariano MATÉ, de 3er. Año 3ra. División de este Instituto, con exclusión de actividades/salidas extraescolares y con tareas de reflexión y reparadoras en contraturno a cargo del Servicio de Orientación.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: alumno citado, padre/tutor y Servicio de Orientación. Cumplido, manténgase en reserva.-

RSR

FDO: JUANA LUCRECIA RAMOS - SECRETARIA

PROF. PATRICIA ALONSO - DIRECTORA