1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 16 DIC 2008


Expte. N° 555/08


VISTO estas actuaciones y la Resolución CS N° 468/05 de fecha 15 de noviembre de 2005; y


CONSIDERANDO:


QUE por el artículo 1° del citado acto se aprueba la reincorporación de la Universidad Nacional de Salta al CONSEJO DE RECTORES POR LA INTEGRACIÓN DE LA SUBREGIÓN CENTRO OESTE DE SUDAMÉRICA - CRISCOS.


QUE por el artículo 2° del mismo se aprueba la integración de esta Universidad al PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL del CRISCOS.


QUE esta Casa de Altos Estudios ha participado en la XXlIava. Convocatoria Internacional para el intercambio de estudiantes correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2009.


QUE fueron seleccionados ocho (8) estudiantes de esta Universidad para movilizarse a otros centros de estudio de CRISCOS.


QUE asimismo se recibirán cuatro (4) estudiantes de otras Universidades.


QUE dentro del programa se acuerda que:


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Expte. Nº 555/08



QUE por lo anteriormente expuesto corresponde emitir resolución designando a los estudiantes como Estudiantes Becarios P.M.E de CRISCOS.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1°.- Designar a los siguientes estudiantes de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, como Becarios del PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL del CRISCOS, quienes fueron seleccionados en la XXlIava. Convocatoria del citado programa:



ARTÍCULO 2°.- Designar a los siguientes estudiantes extranjeros como Becarios del PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL del CRISCOS, quienes fueron seleccionados en la XXlIava. Convocatoria del citado programa:




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Expte. Nº 555/08




ARTÍCULO 3°- Otorgar una suma en concepto de beca para el traslado de los alumnos de esta Universidad que se consignan en el artículo 1º de la presente, de acuerdo al siguiente detalle:



ARTÍCULO 4°.- Otorgar la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550,00) mensuales a cada uno de los estudiantes designados en el artículo 2°, para cubrir los gastos de alojamiento y manutención alimentaria durante los cinco meses de su estadía en esta Universidad.


ARTÍCULO 5º.- Cubrir los gastos de seguro de vida a los alumnos de esta Universidad designados en el artículo 1º de la presente.


ARTÍCULO 6°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución en las respectivas partidas previstas en el Presupuesto de esta Universidad, para el Programa de Movilidad Estudiantil.


ARTÍCULO 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad y notifiquese a los interesados. Cumplido siga a DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 1325-08