1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 02 DIC 2008


Expte. Nº 439/08


VISTO la Resolución CS Nº 531/08, de fecha 11 de noviembre de 2008, mediante la cual el CONSEJO SUPERIOR de esta Universidad acepta y agradece la donación ofrecida a la Universidad Nacional de Salta, por parte de la UNIVERSIDAD PARÍS LODRON DE SALZBURGO (Austria), correspondiente a “instrumental de microscopía de polarización en dos equipos modernos con servicio de microdureza Vickers y de mensura de las curvas de reflectividad específica en minerales opaco de mena”, producto de las acciones concretadas en el marco del convenio vigente entre ambas Universidades; y


CONSIDERANDO:


QUE la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN informa que mediante Despacho Nº 200/08 de la COMISIÓN DE HACIENDA del citado CONSEJO, se menciona que la suma total aproximada a abonar en concepto de flete y seguro, que es de EUROS UN MIL CIENTOS SESENTA Y CINCO (€ 1.165,oo), podrán ser atendidos con los fondos provenientes del Banco Patagonia para Ciencia y Tecnología.


QUE asimismo expresa que lo indicado no fue incluído en el citado acto administrativo, por lo que dada la urgencia del trámite, de acuerdo a lo conversado con el Dr. Sureda, solicita la rectificación correspondiente donde se designe la partida presupuestaria donde se imputarán los gastos.


QUE el artículo 101 del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (DECRETO N° 1759/72) establece: "En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho o los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión)".


Por ello, en virtud al mencionado REGLAMENTO y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,



LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Rectificar el error material producido en la Resolución CS N° 531/08 del CONSEJO SUPERIOR, dejando establecido que la imputación del gasto en concepto de flete y seguro, deberá realizarse al crédito de la Dependencia 10, Subdependencia 12 - Convenio Banco Patagonia * Capacitación Docente y No docente - Fuente de Financiamiento 12, Programa 37, Actividad 26, del presupuesto de esta Universidad, para el corriente ejercicio.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Consejo de Investigación, Asesoría Jurídica, UAI, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Tesorería General y Dirección de Patrimonio. Cumplido, siga a SECRETARÍA ADMINISTRATIVA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 1256-08