SALTA,28 OCT 2008



Expte. Nº 19.244/08



VISTO las presentes actuaciones relacionadas con el pedido de Baja e Ingreso Patrimonial interpuesto por la SEDE REGIONAL ORÁN de esta UNIVERSIDAD, por el extravío y reposición de una bibliografía perteneciente a la Biblioteca de la citada Sede; y



CONSIDERANDO:



QUE la DIRECCION DE PATRIMONIO tomó conocimiento y solicita la emisión del acto administrativo correspondiente.



QUE ASESORÍA JURÍDICA emite Dictamen Nº 10185, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular al reemplazo de la bibliografía extraviada.



Por ello y atento a lo aconsejado por la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA,





EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:



ARTÍCULO 1º.- Disponer la Baja Definitiva de los siguientes elementos pertenecientes a la SEDE REGIONAL ORÁN de esta Universidad, atento al informe producido por la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO:



Inventario

DETALLE

RESIDUAL

250260

MURRAY - ROSENTHAL - KOBAYASHI - PFALLER. "MICROBIOLOGÍA MÉDICA". 4ta. edición. Editorial Edibe S.A., 2003.

Factura C Nº 0001-00000580 (30-04-04)

Inventario Anterior: 510-48-137780. Alta: 9/2004 (46)

$276,00





ARTÍCULO 2º.- Disponer el Ingreso Patrimonial a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, del bien que se detalla a continuación, con destino a la SEDE REGIONAL ORÁN de esta Universidad, en virtud al informe producido por la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO:





CANTIDAD

DETALLE

IMPORTE

1

TORTORA, PATRICK - MICROBIOLOGÍA MÉDICA" - 5ta. Edición. Editorial Elsevier Mosby.

348,00


Total

348,00





ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarias del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Consejo de Investigación y Dirección de Patrimonio. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.



Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 1067-08