SALTA, 09 OCT 2008


Expte. 571/06


VISTO estas actuaciones mediante las cuales la Sra. Nélida FERLATTI de CASTELLI solicita restitución del adicional por ejercicio de jefatura por el período que prestó servicios en la Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales de esta Universidad; y


CONSIDERANDO:


QUE se solicitó la intervención de la Dra. Guadalupe FERNANDEZ SOLER, ASESORA JURÍDICA de esta Universidad, respecto de la vigencia de los plazos para la revisión de la Resolución CS Nº 328/02, mediante la cual se rechazó el pedido de dicha agente.


QUE dicha ASESORA emitió Dictamen Nº 9367 de fecha 3 de septiembre de 2008 mediante el cual expresa:


"Sra. Rectora:

Las presentes actuaciones son giradas a la suscripta (fs. 55 vta.) a fin que la misma asesore sobre la vigencia de los plazos para la revisión de la Res. CS Nº 328/02 (fs. 14).

Luce a fs. 1 presentación de fecha 11/7/06 realizada por la Sra. Nélida Ferlatti de Castelli por medio de la cual solicita se le restituya el monto total del adicional por ejercicio de jefatura por el periodo en que prestó servicios en la Coordinación de Relaciones Internacionales, desde el 3 de julio de 1995 al 10 de mayo de 1998.

Manifiesta, a los fines de su solicitud, que mediante Res. Rectoral Nº 558/06 se hizo lugar al pedido del Sr. Rodolfo Martín Delgado, por lo que solicita idéntico trato.

Cabe tener presente, a los fines de asesorar respecto de la petición obrante a fs. 1 realizada por la Sra. Ferlatti, que la citada agente mediante Expte. Nº 2521/98 -agregado por cuerda al presente- gestionó el pago del adicional por ejercicio de jefatura por el periodo que la misma prestó servicios en la Coordinación de Relaciones Internacionales. En dichas actuaciones recayó Resolución Nº 328/02 del Consejo Superior de la Universidad por la cual se rechazó el pedido de la agente citada.

Dicha Resolución -CS Nº 328/02- resolvió en definitiva, es decir en última instancia, el planteo de la Sra. Ferlatti, sin que en contra de la misma la interesada interpusiera el recurso directo previsto en el art. 32 de la Ley de Educación Superior, ni articulara acción judicial contencioso-administrativa en contra de la Universidad. Así las cosas, dicho acto administrativo fue consentido y pasó a revestir cosa juzgada administrativa.

La Sra. Ferlatti alega como hecho nuevo el reconocimiento del adicional por jefatura al Sr. Delgado, pretendiendo reabrir una nueva instancia administrativa para el tratamiento del mismo reclamo resuelto por la Resolución CS Nº 328/02- Expte. N° 2521/98, lo que no resulta posible por haberse agotado la vía administrativa y haber consentido la presentante la denegatoria, por no haber articulado la interesada el recurso directo del art. 32 de la LES ni acción contencioso -administrativa en el plazo de ley, estando, por lo demás, prescripta la acción.

En efecto desde el dictado de la Res. CS Nº 328/02 (12/12/02) a la fecha de la nueva petición (11/7/06) han transcurrido tres años y medio.

En orden a lo expuesto, corresponde rechazar el pedido efectuado por la Sra. Nélida Ferlatti de Castelli obrante a fs. 1 de estos actuados.



Por ello y atento a que este Rectorado comparte lo dictaminado por la Dra. Fernandez Soler,






Expte. Nº 571/06




EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Rechazar el pedido efectuado por la Sra. Nélida FERLATTI de CASTELLI, respecto de la restitución del adicional por ejercicio de jefatura por el período que prestó servicios en la Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales de esta Universidad, en un todo de acuerdo al Dictamen Nº 9367 de Asesoría Jurídica de esta Universidad, por haberse agotado la vía administrativa y haber consentido la presentante la denegatoria, por no haber articulado la interesada el recurso directo del art. 32 de la Ley de Educación Superior,9 ni acción contencioso -administrativa en el plazo de ley, estando, por lo demás, prescripta la acción.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Personal, Asesoría Jurídica, y notifíquese a la Sra. Ferlatti. Cumplido siga a RECTORADO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 0990-08


1