1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 06 OCT 2008


Expte. Nº 17.645/08


VISTO la presentación efectuada por la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA de esta Universidad; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita autorización para la realización de la XXXIII MUESTRA ESTUDIANTIL DE TEATRO 2008, organizada por la citada Secretaría y el Instituto Nacional de Teatro Representación Salta, con el auspicio de la Fundación SALTA, a llevarse a cabo entre el 27 de octubre y el 25 de noviembre del corriente año, en la sede de la Fundación, General Güemes Nº 434 de esta ciudad de Salta.


QUE actualmente se mantiene vigente el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica, y particularmente el Protocolo Adicional suscripto entre esta Universidad y el Instituto Nacional de Teatro, cuyo objetivo es organizar en forma conjunta actividades tendientes a fomentar, desarrollar y perfeccionar la actividad teatral del medio, a través de cursos, seminarios, videoconferencias, espectáculos, giras, muestras, eventos, fiestas provinciales, regionales, nacionales, etc. prioritariamente asistencias técnicas: Teatro para Adultos Mayores y Muestra Estudiantil de Teatro.


QUE la Muestra Estudiantil de Teatro convoca año a año a los distintos grupos de teatro estudiantiles de la provincia que incluyen las instituciones educativas de los niveles secundarios, terciarios y universitarios.


QUE asimismo la Secretaría solicita la aprobación de las "Pautas y Condiciones de Participación"que regirá para la presente Muestra.


Por ello:


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Autorizar la realización de la XXXIII MUESTRA ESTUDIANTIL DE TEATRO 2008, organizada por la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA y el INSTITUTO NACIONAL DE TEATRO - REPRESENTACIÓN SALTA, con el auspicio de la FUNDACIÓN SALTA, a llevarse a cabo entre el 27 de octubre y el 25 de noviembre de 2008, en la sede de la Fundación, General Güemes Nº 434 de esta ciudad.


ARTÍCULO 2º.- Aprobar las "PAUTAS y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN" presentadas por la citada Secretaría, las que como ANEXO I forman parte de la presente resolución.


ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y de Extensión Universitaria, y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA para su toma de razón y demás efectos.-

JG.


Firmado Firmado

DRA. MARÍA CELIA ILVENTO DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA ACADEMICA VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 0951-08



XXXIII MUESTRA ESTUDIANTIL DE TEATRO - 2.008

PAUTAS Y CONDICIONES DE PARTICIPACION


Convócase a todos los conjuntos estudiantiles de teatro (instituciones educativas de nivel secundario, terciario y universitario) de la provincia, a participar de la XXXIII MUESTRA ESTUDIANTIL DE TEATRO 2008, organizada por la Secretaría de Extensión Universitaria de la Universidad Nacional de Salta y el Instituto Nacional de Teatro – Representación Salta con el auspicio de la Fundación Salta, que se llevará a cabo desde el 27 de Octubre al 25 de Noviembre del corriente año en la ciudad de Salta – Capital, Sala de la citada Fundación.


ARTICULO 1º: DE LAS INSCRIPCIONES


La inscripción se hará mediante nota solicitud dirigida a la Secretaría de Extensión, Dirección de Centro Cultural, Dpto. Teatro. Universidad Nacional de Salta, Alvarado 551 - Salta - desde el 8 al 29 de Setiembre y hasta las 12,30 horas, indefectiblemente. La nota deberá ser presentada por la autoridad del establecimiento, que es quien presenta al elenco director/res, y ficha técnica.


También en dicha nota, la autoridad competente del establecimiento podrá designar a una persona para representación de su institución y que pertenezca a la misma, para todo acto formal que requiere la muestra (recepción de notas, bonos canjes, rendición de cuentas, y demás actos formales que devienen del acontecimiento). La persona designada deberá estar consignada debidamente con nombre y apellido, documento de identidad.


Por otra parte deberán presentarse la siguiente ficha técnica, consignando los siguientes datos, en forma impresa y en soporte digital:


  1. Nombre del establecimiento secundario, terciario o universitario.

  2. Nombre del elenco.

  3. Nombres, Apellidos, documento de identidad y domicilio del director o directores.

  4. Título, autor, traductor (en su caso) y responsable de la versión si correspondiere, género, carácter y duración del espectáculo.

  5. Nómina completa del elenco -intérpretes y técnicos- con documentos de identidad y domicilio.

  6. Nombre, apellido, documento de identidad, domicilio y teléfono del representante del grupo, dirección de correo electrónico.

  7. Presentará también: nómina de reparto, especificando los nombres de los actores y aclarando el personaje que representan, como así también los del director, los responsables de la escenografía, vestuario, iluminación, etc., para la confección del programa correspondiente.

  8. Se deberá comunicar lugar y horario de ensayo.

  9. Presentación de planta de luces y requerimientos de sonido.

  10. Todo otro dato de utilidad para la presentación del espectáculo.


ARTICULO 2º: DE LOS ELENCOS


  1. Los elencos participantes deberán inscribirse en nombre y representación del establecimiento de enseñanza secundaria, terciaria o de las Facultades (en caso de los universitarios) que representen.

  2. Los elencos estarán integrados por estudiantes regulares secundarios, terciarios y/o universitarios.



  1. Los elencos podrán completarse, si fuera necesario, con alumnos regulares de otros establecimientos secundarios, terciarios o universitarios, aclarando en cada caso el nombre del establecimiento al que pertenecen.


ARTICULO 3º: DE LA DIRECCIÓN


a) Podrán asumir la dirección de la obra:

1 - Cualquier alumno que se encuentre en las condiciones del Artículo 2 inc.b.

2 - Cualquier profesor o docente del establecimiento que representan.

3 - Cualquier persona con probados antecedentes de la actividad teatral.

b) Podrán realizarse co-direcciones, siempre que las personas se encuentren incluidas en los incisos anteriores.

c) El o los directores asumen ante el ente organizador, la total responsabilidad del desempeño del elenco (disciplina, puntualidad, conducta, etc.)


ARTICULO 4º: DEL REPRESENTANTE


  1. Cada institución que efectúe su inscripción de su/s elenco/s en la XXXIII MUESTRA ESTUDIANTIL DE TEATRO – 2008 deberá nombrar un representante a quien se notificará de todo lo relacionado con el grupo que represente. Tendrá la obligación de asistir a todas las reuniones convocadas formalmente, por la Dirección de Centro Cultural - Departamento Teatral de la Secretaría de Extensión Universitaria, que es quien coordina y organiza todas las actividades referidas a la muestra.

  2. Las instituciones del interior podrán designar como representante a una persona residente en la capital de Salta, a quien le será comunicado todo lo referente al elenco que represente sin prejuicio de las comunicaciones que pudieran hacerse por los medios habituales de difusión. Que da exceptuado todo trámite de rigor tales como entrega de bonos de canje, rendición de cuentas.


ARTICULO 5º: DE LA OBRA


a) Con el objeto de ampliar las posibilidades expresivas de la presente muestra, además de obras del repertorio universal, adaptaciones y versiones de las mismas, podrán representarse comedias musicales, teatro para niños, espectáculos de pantomina, títeres y cualquier otra expresión teatral, incluyéndose espectáculos  en proceso de ensayo avanzado.

b) Podrán realizarse también espectáculos integrados con piezas breves, siempre que conformen una unidad temática, conceptual y/o autoral.

c) La duración del espectáculo no deberá ser inferior a los cincuenta (50) minutos, ni superior a las dos (2) horas.


La Secretaría de Extensión Universitaria a través del informe del Departamento de Teatro se reserva el derecho de rechazar la obra presentada por alguna institución en los siguientes casos:


En ese caso lo hará por nota dirigida la autoridad competente de la institución y al representante en el plazo de cinco días de ser recibida la inscripción, fundamentando el rechazo.


ARTICULO 6º: DE LA REPRESENTACIÓN


  1. Los grupos que representan a las instituciones participantes, actuarán entre los días 27 de Octubre y el 25 de Noviembre de 2008, en la Sala de la Fundación Salta -Gral. Güemes 434 y/ o sala que se determine por razones de fuerza mayor.

  2. La fecha y horario de actuación de cada grupo se determinará por sorteo que se realizará el día 03 de Octubre a las 11:00 horas, en el acto que tendrá lugar en dependencias de la Dirección de Centro Cultural de la Universidad Nacional de Salta, y al que asistirán únicamente los representantes a que se refiere el Art. 4.

  3. El resultado del sorteo a que se hace referencia en apartado anterior no podrá alterarse, salvo en el caso de razones de fuerza mayor debidamente probadas y siempre que medie acuerdo de partes. Este cambio podrá realizarse únicamente en el mismo acto en que se efectúe el sorteo, sin que signifique dilatar la fecha de clausura de la Muestra.

  4. Cada elenco realizará una función en la fecha y horario establecido por sorteo.

  5. Los grupos contarán con la sala para el armado de escenografía, ensayo general, etc., a partir de la 09:00 hs. del día fijado para la presentación, debiendo retirar los elementos escenográficos hasta las 09:00 hs. del día siguiente. En caso de no ser así la Dirección de Centro Cultural no se responsabilizará por daños, destrucción, pérdidas, incendios, etc., de cualquier naturaleza que se produjere.

  6. Se responsabilizará la institución que participa de la muestra, de cualquier deterioro que provocasen o produjeran de parte de sus elencos, en las instalaciones durante los ensayos o puestas en escena. Se realizará un minucioso control de las condiciones en que se entrega la sala y los camarines antes del ensayo general y después de la representación con el encargado de mantenimiento de las salas, la autoridad responsable del Colegio y el Departamento de Teatro de la U.N.Sa.

  7. Los elencos seleccionados entregarán, con por lo menos 5 (cinco) días de anticipación, al coordinador general de la Muestra, fotografías de ensayo y todo otro material que consideren oportuno para confeccionar una cartelera en el hall de acceso a la sala en que se realiza la presentación.

  8. La promoción y propaganda de la presente Muestra, como así mismo la impresión de programas y afiches estará a cargo de los organizadores.

  9. Lo recaudado en concepto de bordereaux en cada una de las funciones será repartido, una vez deducidos los impuestos correspondientes (ARGENTORES) y efectuado el pago de los gastos de Sala (Fundación Salta) de la siguiente manera: 70% (setenta por ciento) del total recaudado de cada función para el que la llevase a cabo y el 30% (treinta por ciento) en concepto de “derecho de organización” para la Secretaría de Extensión de la Universidad Nacional de Salta que hará el ingreso respectivo. Del 70 % correspondiente a los elencos se descontará los cupones de canje entregados y no rendidos previo a las funciones y en el plazo fijado. El cupo de entradas se fija en trescientas (300) localidades.

  10. El pago del 70% correspondiente a quien presentare la función se realizará una vez retirada y efectuada la rendición por parte de la Fundación Salta, a los responsables de cada una de las Instituciones Educativas que participen de la Muestra contra recibo firmado y sellado por autoridad de esas Instituciones. Esta liquidación se cumplirá en la Secretaria de Extensión Universitaria.

  11. El precio de la entrada general será fijado oportunamente y en consenso en reunión con los representantes de cada grupo y será fijado en acta.

  12. Las entradas serán vendidas boletería de la Fundación Salta y/o sala adicional.

  13. Se podrá entregar al representante designado por la institución, en una cantidad de cien (100) cupones de canje de entrada para ser vendidas en el establecimiento que represente. Dicha entrega se realiza por el Dpto. de teatro de la Universidad Nacional de Salta. La rendición de cuentas de las mismas deberá ser realizada de “manera obligatoria” ante la Fundación Salta, 48 horas anteriores a la fecha de representación, caso contrario la institución que retiró los cupones canjes deberá abonar el total de las mismas y/o se procederá conforme lo establecido en el inciso (i), del presente artículo.


ARTICULO 7º: DE LA EVALUACIÓN


  1. Una vez finalizada la Muestra se realizará una evaluación crítica de los trabajos presentados. La misma estará a cargo de un jurado integrado al efecto y cuyos nombres se darán a conocer oportunamente.

  2. Si la calidad de trabajos reunieran méritos para una mayor difusión de los mismos, se establecerá, con posterioridad a la Muestra, un circuito de presentaciones de elencos en distintos establecimientos de enseñanza y, de ser posible, en el interior de la provincia.


ARTICULO 8º: Los organizadores se reservan el derecho de asistir a cualquier ensayo, ensayo general, etc., y podrán supervisar el trabajo de los elencos preseleccionados.


ARTICULO 9º: Los organizadores de común acuerdo resolverán todo aquello que no esté previsto en las siguientes pautas y condiciones.