1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 26 SEP 2008



Expte. Nº 436/08



VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Sr. Fernando Marcelo DE LA TORRE GUINAR, alumno de la Carrera Licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Humanidades de esta Universidad,


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita el otorgamiento de una beca para materiales y/o de comedor universitario, para continuar sus estudios en dicha carrera.


QUE la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO a fs. 05 informa que se otorga una Beca Tipo B, cuyo monto asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA ($ 190,00), a partir del mes de agosto y hasta diciembre de 2008, renovable para el año próximo si mantiene los requisitos que especifica el Reglamento de Becas de esta Universidad, desde el punto de vista académico.


Por ello y atento a lo aconsejado a fs. 16 por SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,



LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Tener por concedida a Sr. Fernando Marcelo DE LA TORRE GUINAR, alumno de la Carrera Licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Humanidades de esta Universidad, una BECA CATEGORÍA A, consistente en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA ($ 190,00), con efecto al mes de agosto y hasta diciembre de 2008.

ARTÍCULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución en las partidas 5.1.3: BECAS, correspondiente al presupuesto por el corriente ejercicio.


ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Facultad de Humanidades, Dirección General de Administración, Departamento de Becas, Comisión de Becas y Tesorería General. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 0915-08