1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 29 AGO 2008


Expte. Nº 1.079/07


VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO DE INSTALACIÓN suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN; y


CONSIDERANDO:


QUE el presente convenio se inscribe en el marco del Convenio Marco de Colaboración suscripto oportunamante entre las partes, aprobado mediante Resolución Rectoral Nº 550-07.


QUE tiene como objetivo la puesta en funcionamiento del Proyecto a través del emplazamiento y/o ampliación de un Observatorio de Derechos Humanos en la PROVINCIA DE SALTA, como así también la realización de actividades de exploración, capacitación, promoción, observación y seguimiento de la vigencia efectiva y protección de los derechos humanos, como asimismo la recepción y canalización de denuncias.


QUE ASESORÍA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 288 de fecha 19 de octubre de 2007.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 165/07 del 24 de octubre de 2007, mediante el cual aconseja la aprobación del Convenio de referencia.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la Resolución CS Nº 093/08 del CONSEJO SUPERIOR,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el CONVENIO DE INSTALACIÓN suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

DRA. MARÍA CELIA ILVENTO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ACADEMICA RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 0785-08




CONVENIO DE INSTALACIÓN

ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA Y

LA SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA

NACIÓN



Entre la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN, en adelante denominada la SECRETARÍA, representada en este acto por el Señor Secretario de Derechos Humanos, Dr. EDUARDO LUIS DUHALDE, con domicilio en calle 25 de Mayo 544, 8º piso de Ciudad de Buenos Aires, por una parte y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante denominada la UNIVERSIDAD, representada en este acto por la Sra. Rectora de la Universidad, Ing. Agr. Stella Maris Pérez de Bianchi, con domicilio en Rectorado, Buenos Aires 177 (4400, Ciudad de Salta, Provincia del mismo nombre), por la otra; se acuerda celebrar el presente Convenio de Instalación en base a las siguientes cláusulas:


PRIMERA: El presente Convenio de Instalación se inscribe en el Convenio Marco de Colaboración firmado entre las mismas partes con fecha 22 de diciembre de 2005 y tiene por objeto el apoyo e impulso sostenido al Proyecto "Fortalecimiento del Sistema de Protección de los Derechos Humanos" (ALA/2006/18076), dirigido por la SECRETARÍA y cofinanciado por la UNIÓN EUROPEA, tendiente a mejorar la vigencia efectiva de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales a través del emplazamiento de Observatorios de Derechos Humanos que tendrán sede en diversas Universidades Nacionales.

Ambas partes manifiestan que dicho proyecto es coherente con los objetivos permanentes de las instituciones firmantes y que ya se han realizado acercamientos y gestiones preliminares para su puesta en marcha.

Se tomarán en cuenta primordialmente las problemáticas de derechos humanos en la PROVINCIA DE SALTA, pero se podrá ampliar la zona de actuación, a fin de realizar una observación y seguimiento de problemáticas regionales relacionadas con las temáticas de los derechos humanos que sean consideradas relevantes.

SEGUNDA: El Proyecto tendrá una duración de 4 (CUATRO) años y se desarrollará a través de tres componentes:


.1.- Puesta en funcionamiento del Proyecto a través del emplazamiento y/o ampliación de un Observatorio de Derechos Humanos en la PROVINCIA DE SALTA.

2.- Realización, a través de dicho Observatorio de Derechos Humanos, de actividades de exploración, capacitación, promoción, observación y seguimiento de la vigencia efectiva y protección de los derechos humanos, así como también recepción y canalización de denuncias.

3.-Difusión de las actividades desarrolladas por el Proyecto.


TERCERA: La UNIVERSIDAD, en tanto sede del Observatorio, proveerá de un espacio físico adecuado y suficiente, colaborará en las actividades planificadas y alentará la relación del Proyecto con cátedras e institutos de esa Casa de Estudios vinculados con la temática a desarrollar. La SECRETARÍA, en tanto organismo Beneficiario del Proyecto "Fortalecimiento del Sistema de Protección de los Derechos Humanos" (ALA/2006/18076), estará a cargo de la dirección y ejecución del Proyecto, a través de una Unidad de Gestión conformada bajo su autoridad.










CUARTA: El apoyo e impulso sostenido al Proyecto será concertado por una Unidad de Coordinación integrada por ambas partes. A tales efectos, la SECRETARÍA designa a la Dra. María PEDRIEL (D.N.I. N° 13.233.465 ), en tanto la UNIVERSIDAD designa a Lic. Emiliana Catalina BULIUBASICH (D.N.l. N° 12.649.310). La obtención de recursos adicionales para el Proyecto y la institucionalización del Observatorio con vistas a su continuidad luego de finalizado el Proyecto estará a cargo de las dos partes. La SECRETARIA gestionará la cesión a la UNIVERSIDAD del mobiliario y los equipos adquiridos para el Observatorio de Derechos Humanos con sede en la UNIVERSIDAD al finalizar la fase de ejecución operativa, acorde la normativa vigente a la fecha en la materia que compete. Esta cesión de bienes estará destinada a conferir sustentabilidad al Observatorio. Al mismo efecto, la UNIVERSIDAD se compromete a continuar brindando la sede del Observatorio una vez finalizado el Proyecto.


QlJINTA: El presente Convenio de Instalación tendrá una duración de cuatro (4) años y entrará en vigencia a los tres (3) días de firmado por las partes. Su renovación será automática, salvo que alguna de las partes lo dejara sin efecto por notificación fehaciente. Ambas partes manifiestan su voluntad y asumen el compromiso de impulsar la continuidad institucional del Observatorio creado, más allá del mandato de las actuales autoridades, en el entendimiento de que éste forma parte de una política de Estado irrenunciable.


SEXTA: Ante un eventual desacuerdo entre las partes se resolverá amigablemente, en atención al carácter de cooperación que anima el presente Convenio.


En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires a los veinte días del mes de junio del año dos mil ocho.



S.D.H. N: 031


I



Firmado Firmado

ING.AGR. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI DR. EDUARDO LUIS DUHALDE

RECTORA SEC. DE DERECHOS HUMNOS

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD y DERECHOS HUMANOS




Registrado: 07/08/2008