1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 19 AGO 2008


Expte. Nº 23.573/06


VISTO este expediente, la Resolución Rectoral Nº 1283-06 y las Ordenes de Compra DGA Nros. 071/06, 072/06 y 075/06; y


CONSIDERANDO:


QUE por las mismas se adjudica la Licitación Pública N° 06/06 que trata de la adquisición de Material de Laboratorio, Drogas y Productos Químicos, con destino al Servicio Central de Material de Laboratorio y Productos Químicos de esta Universidad, entre otras, a las firmas Química Córdoba S.A., de la ciudad de Córdoba, Droguería Inca SRL y Quantum SRL, ambas de esta ciudad, la provisión de diversos renglones por las sumas de $ 91.792,20, $ 37.044,40 y $ 5.979,45, respectivamente.


QUE las mismas no completaron la provisión total de lo adjudicado, en virtud de inconvenientes con los proveedores del exterior en dos casos, y por cierre de la firma en el otro caso.


QUE debe tenerse en cuenta los informes producidos tanto por la Dirección de Contabilidad, obrantes a fs. 511/515 como así también los producidos por el Servicio Central de Materiales de Laboratorio y Productos Químicos y la Dirección de Contrataciones y Compras, recaídos a fs. 516/524.


QUE teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la adjudicación y la comunicación telefónica de las firmas adjudicatarias, en el sentido que no podrán completar la provisión de lo adjudicado por las razones expuestas, corresponde proceder al dictado formal de la rescisión del contrato por la parte no cumplida, sin penalidad, por estimarse atendibles las razones invocadas.


QUE el presente caso está contemplado en el artículo 12º apartado a) del Dcto. 1023/01 y artículos 95º y 96º del Dcto. 436/00, que reglamenta las Contrataciones del Estado.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1°.- RESCINDIR parcialmente, sin penalidad, el contrato suscripto con las siguientes firmas, mediante las Ordenes de Compra Nros. 071/06, 072/06 y 075/06, por la no provisión de los renglones que se detallan a continuación y por los montos que en cada caso se indica:





Expte. Nº 23.573/06





ARTÍCULO 2.- Desafectar la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 29.599,34) de las siguientes partidas: Dependencia 99-00 -Fuente de Financiamiento 16 -Programa 11 -Actividad 8 -Inciso 2 y a la dependencia 12-13 -Fuente de Financiamiento 11 -Programa 31 - Actividad 34 -Inciso 2 del presupuesto de la Universidad para el corriente ejercicio.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Contrataciones y Compras, Servicio Central de Material de Laboratorio y Productos Químicos y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 0756-08



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