1918 – 2008 – 90 AÑOS DE LA REFORMA UNIVERSITARIA

SALTA, 08 JUL 2008


Expte. Nº 244/08


VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROTOCOLO al CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN y COOPERACIÓN MUTUA suscripto entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el presente PROTOCOLO fue suscripto entre el MINISTERIO DE AMBIENTE y DESARROLLO SUSTENTABLE, el MINISTERIO DE TURISMO, ambos dependientes del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA y esta UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en el marco del CONVENIO MARCO antes citado.


QUE tiene como objetivo implementar entre las instituciones firmantes, los medios y las acciones necesarias para lograr en conjunto el desarrollo de la Maestría en Turismo Sustentable que dicta la Universidad Nacional de Salta, en convenio con la Univesité de Versailles/ Saint -Quentin -en -Yvelines - Francia, estableciendo la mutua complementación técnica a realizar en forma conjunta o coordinada, proyectos en áreas de mutuo interés, realizando la cooperación a través de las siguientes actividades: realizar trabajos de investigación en Áreas Naturales Protegidas de la Provincia de Salta, difundir y proporcionar actividades que tiendan al desarrollo de la capacitación, formación y perfeccionamiento de los recursos humanos del Estado Provincial, ejecución de proyectos e intercambio científico y técnico, con relación a las políticas y problemáticas relativas al desarrollo turístico sustentable.


QUE ASESORÍA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 9600 de fecha 19 de marzo de 2008


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 045/08 del 26 de marzo de 2008, mediante el cual aconseja la aprobación del Protocolo de referencia.


QUE se puso a conocimiento y opinión de la COORDINACIÓN DE POSTGRADO y RELACIONES INTERNACIONALES, quien no encuentra objeciones que realizar al presente protocolo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la Resolución CS Nº 093/08 del CONSEJO SUPERIOR,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO suscripto entre el MINISTERIO DE AMBIENTE y DESARROLLO SUSTENTABLE, el MINISTERIO DE TURISMO, ambos dependientes del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, realizado el marco del CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN y COOPERACIÓN MUTUA suscripto oportunamente entre el GOBIERNO y esta UNIVERSIDAD, el que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, y notifíquese a los interesados. Cumplido, siga a SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0650-08







PROTOCOLO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE LA

PROVINCIA DE SALTA y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


Entre el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PROVINCIA DE SALTA, EL MINISTERIO DE TURISMO DE LA PROVINCIA DE SALTA, en adelante "LOS MINISTERIOS" representados en este acto por sus titulares, Doctor Julio Rubén Nasser, con domicilio legal, en Avenida los Incas s/n, Centro Cívico Grand Bourg- 2do Bloque - 1er piso, y el Señor Horacio Cornejo con domicilio legal en calle Buenos Aires 93, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante "LA UNIVERSIDAD", representada por la Señora Rectora Ingeniera Stella Pérez de Bianchi, con domicilio legal en Avenida Bolivia N° 5150, todos de la Ciudad de Salta, Provincia del mismo nombre, convienen en celebrar el presente Protocolo.


CONSIDERANDO:


Que la Provincia de Salta y la Universidad Nacional de Salta firmaron un Convenio Marco de Coordinación y Cooperación mutua con el objetivo de elaborar y ejecutar de manera mancomunada, programas, proyectos y actividades con el objeto de definir y efectivizar:


  1. Investigación especializada y asesoramiento técnico científico;

  2. Acceso a redes de información.

  3. Pasantías e intercambios de expertos para el desarrollo de programas que lo precisen.

  4. Organización de cursos de formación, seminarios y jornadas, maestrías y doctorados de interés para la Provincia y para la Universidad.

  5. Realización de ediciones y publicaciones conjuntas.

  6. Otras acciones que se acuerden en protocolos adicionales al presente convenio en base a los objetivos arriba señalados.


Por ello, las partes ACUERDAN:


PRIMERA: El presente Protocolo de cooperación tiene por objeto implementar entre las instituciones firmantes los medios y las acciones necesarias para lograr en conjunto el desarrollo de la Maestría en Turismo Sustentable que dicta la Universidad Nacional de Salta en convenio con la Univesité de Versailles/ Saint -Quentin -en -Yvelines - Francia. Estableciendo la mutua complementación técnica a realizar en forma conjunta o coordinada, proyectos en áreas de mutuo interés, realizando la cooperación a través de las siguientes actividades: realizar trabajos de investigación en Areas Naturales Protegidas de la Provincia de Salta, difundir y proporcionar actividades que tiendan al desarrollo de la capacitación, formación y perfeccionamiento de los recursos humanos del Estado Provincial, ejecución de proyectos e intercambio científico y técnico, con relación a las políticas y problemáticas relativas al desarrollo turístico sustentable.

SEGUNDA: Cada una de las partes designará UN (1) representante titular y suplente, con el propósito de programar y coordinar las actividades derivadas de la aplicación de este Protocolo.

TERCERA: LOS MINISTERIOS se comprometen dentro de sus posibilidades a poner a disposición de dicha maestría los proyectos implementados por las instituciones vinculados al turismo sustentable, en tanto que LA UNIVERSIDAD se compromete en la medida de sus posibilidades a poner a disposición del Gobierno de la Provincia los trabajos de investigación que surjan en el marco de la Maestría. Las partes asumen el compromiso de establecer un sistema de becas para posibilitar la formación y capacitación del personal de ambos Ministerios a través de dicho postgrado.


CUARTA: La firma del presente Protocolo no restringe a las partes para que en forma individual o conjunta, suscriban acuerdos similares con otros organismos gubernamentales o no gubernamentales, nacionales o extranjeros, con fines análogos al objeto de este Protocolo.




///...

.../// - 2 -







QUINTA: El presente Protocolo rige a partir de la fecha de suscripción por las partes signatarias, teniendo una vigencia por dos (2) años. Se considerará prorrogado automáticamente por igual período, si ninguna de las partes manifiesta su voluntad en contrario con una anticipación no menor de TREINTA (30) días a la fecha del vencimiento. No obstante ello, cualquiera de las partes podrá rescindir el mismo en forma unilateral, siempre que la decisión sea comunicada a la otra por escrito y de manera fehaciente, con una antelación mínima de DOS (2) meses. La rescisión notificada de la forma expuesta no dará derecho a las partes intervinientes a reclamo de indemnización alguna por dicho concepto. La rescisión no podrá afectar los programas en curso de ejecución, los que las partes procurarán que finalicen en la forma en que fueron encarados.

SEXTA: Las partes se comprometen a solucionar todo conflicto y aplicación del presente convenio de manera amistosa y de buena fe, sometiéndose, de ser necesario, a la jurisdicción de los tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad de Salta Capital, renunciando a cualquier otro fuero de excepción que pudiera corresponderles y fijan sus domicilios a todos los efectos legales en los denunciados en el encabezado.


En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Salta a los 23 días del mes de Febrero de dos mil ocho.-




Firmado Firmado
Horacio CORNEJO Ing. Stella PEREZ de BIANCHI

Ministro de Turismo de la Rectora

Provincia de Salta Universidad Nacional de Salta


Firmado

Julio Rubén NASSER

Ministro de Medio Ambiente

y Desarrollo Sustentable de la

Provincia de Salta