SALTA, 25 ABR 2008


Expte. Nº 252/08


VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS suscripto entre la Universidad Nacional de Salta y la Srta. Lía Verónica CALIVA; y


CONSIDERANDO:


QUE por medio del presente Contrato, la contratada prestó servicios profesionales como Coordinadora de la organización y programación de encuestas dirigidas al público en general que reflejen quienes son los empresarios, comerciantes y personajes sociales que merecen ser reconocidos con la entrega de la 4ª edición del premio SOL ANDINO.


QUE el mismo tuvo vigencia del 1º al 31 de octubre de 2007.


QUE a fs. 24/25 obra el Contrato suscripto con fecha 19 de marzo de 2008.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Universidad Nacional de Salta y la Srta. Lía Verónica CALIVA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Imputar el gasto que origine el cumplimiento de la presente resolución, en las respectivas partidas del Presupuesto de la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA de esta Universidad, por el corriente ejercicio


ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y Cooperación Técnica, Dirección General de Administración y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0333-08






ANEXO I





CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS


Entre la Universidad Nacional de Salta, representado en este acto por su Rectora Ing. STELLA MARIS PEREZ DE BIANCHI, L.C. Nº: 5.242.325, en adelante denominado EL CONTRATANTE, constituyendo domicilio legal en Avda. Bolivia Nº 5150 de la ciudad de Salta. POR UNA PARTE; y POR OTRA PARTE la Srta. Lía Verónica CALlVA, en lo sucesivo LA CONTRATADA, argentina, DNI Nº 25.624.792, constituyendo domicilio en Tucumán Nº 210, Ciudad de Salta, acuerdan el presente Contrato de locación de servicio que se regirá por los términos que a continuación se estipulan.


Primera: DISPOSICIONES GENERALES: A los efectos de interpretar el espíritu del presente contrato, a menos que el contexto exija otra cosa, los siguientes términos tendrán el siguiente significado:

a) "LEY APLICABLE" significa las leyes y cualesquiera otras disposiciones que tengan fuerza de ley en la República Argentina.-------------------------------------------------------------------------------------------

b) "CONTRATO" significa el presente instrumento legal celebrado entre LA CONTRATADA Y EL CONTRATANTE.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

c) "CONTRATANTE" significa la Universidad Nacional de Salta.----------------------------------------------

d) "PARTE" significa parte contratante o consultor.----------------------------------------------------------------

e) "SERVICIOS" significa el trabajo descripto en la CLÁUSULA Cuarta que LA CONTRATADA debe realizar conforme a este contrato para los fines del proyecto.-------------------------------------------

f) "TERCERO" significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, Contratante o Consultor.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


Segunda: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES: Ninguna estipulación del presente Contrato podrá interpretarse en el sentido de que entre LA CONTRATADA y el CONTRATANTE existe una relación de empleador o de mandatario y de mandante.---------------------------------------------------------


Tercera: LUGAR DONDE PRESTA SERVICIOS: Los servicios se realizaron en distintos sectores de la ciudad de Salta en consideración a las características de la prestación.------------------------------


Cuarta: OBJETO: LA CONTRATADA se prestó servicios profesionales como Coordinadora de la organización y programación de encuestas dirigidas al público en general que reflejen quienes son los empresarios, comerciantes y personajes sociales que merecen ser reconocidos con la entrega de la 4ª edición del premio SOL ANDINO.---------------------------------------------------------------------------


Quinta: VIGENCIA Y DURACIÓN: El presente contrato tuvo vigencia a partir del día 1 al 31 de Octubre de 2007. Quedó establecido que este contrato no importa una expectativa o derecho a prórroga a beneficio de LA CONTRATADA, pudiendo ser prorrogado, renovado o ampliado únicamente de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de un nuevo contrato o ampliación del mismo.-----------------------------------------------------------------------------------------------------


Sexta: HONORARIOS Y FORMA DE PAGO: El monto del pago que se efectuó en virtud de este Contrato asciende a $ 640- (PESOS SEISCIENTOS CUARENTA), como única suma, a pagar con los fondos de la Secretaría de Cooperación Técnica. Monto al cual se le deducirán las retenciones impositivas o cualquier otro gravamen respecto de este contrato.---------------------------------------------


Séptima: AUTORIZACIONES DE PAGO: El pago de LA CONTRATADA deberá ser autorizado por el Sr. Secretario Administrativo, con su correspondiente Certificación de Servicios.----------------------








Octava: APORTE A CARGO de LA CONTRATADA: Son responsabilidades únicas de LA CONTRATADA los aportes previsionales de seguros y prestaciones médicas, liberando en tal sentido al Contratante de toda responsabilidad por accidentes de trabajo de toda índole, asistencia médica y obra social cuyo cumplimiento correrá bajo su exclusiva cuenta, como así también toda otra obligación derivada de la legislación impositiva, previsional, de seguridad y asistencia aplicables en la República Argentina. Se aplicará al Consultor la retención que establezca el régimen legal de retenciones de impuestos vigentes. LA CONTRATADA no aceptará instrucción de autoridades o personas ajenas al Contratante en relación con la ejecución de sus tareas referidas a este contrato.-------------------------------------------------------------------------------------------------


Novena: LEY APLICABLE: La interpretación del presente contrato se hará en conformidad con las leyes de la República Argentina.----------------------------------------------------------------------------------------


Décima: NOTIFICACIÓN: A los efectos de cualquier notificación judicial o extrajudicial, se considerará domicilio legal el constituido en el encabezamiento del presente contrato, asimismo serán válidas las notificaciones efectuadas por escrito, o por telegrama o télex/cable y confirmada por el mismo procedimiento al domicilio constituido.--------------------------------------------------------------


Décimo Primera: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y JURISDICCIÓN: LA CONTRATADA Y EL CONTRATANTE harán todo lo posible para resolver en forma amistosa, mediante negociaciones directas e informales, los desacuerdos o discrepancias que surjan entre ellos, en virtud de, o en relación con el presente contrato.--------------------------------------------------------------------------------------

En caso que los desacuerdos o discrepancias no puedan ser resueltos amigablemente, para todos los efectos emergentes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, constituyendo domicilios especiales en los del encabezamiento del presente.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


En prueba de conformidad, y previa lectura de los mismos, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad de Salta a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil ocho.



FIRMADO FIRMADO

SRTA. LÍA VERÓNICA CALIVA ING. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

RECTORA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA