SALTA, 25 ABR 2008


Expte. Nº 136/08


VISTO estas actuaciones relacionadas con el ACUERDO DE COOPERACIÓN MUTUA suscripto entre la COMISIÓN DE LA MUJER DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y EL ÁREA MUNICIPAL DE LA MUJER DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA, en el marco del Convenio suscripto oportunamente entre la Universidad Nacional de Salta y la Municipalidad de la ciudad de Salta, aprobado mediante Resolución Rectoral Nº 1250/04; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Acuerdo tiene como objetivo: Lograr mediante acción conjunta, la promoción social de las mujeres; sensibilizar a la población sobre el problema de la discriminación hacia las mujeres; promover, difundir y defender los Derechos Humanos de las mujeres; gestionar ante el Estado Provincial la implementación de políticas públicas con perspectiva de género; apoyar y fortalecer a instituciones y organizaciones que trabajen en la defensa de los derechos de las mujeres.


QUE ASESORÍA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 9551, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 024/08 del 05 de marzo de 2008, mediante el cual aconseja la aprobación del citado Acuerdo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el ACUERDO DE COOPERACIÓN MUTUA suscripto entre la COMISIÓN DE LA MUJER DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y EL ÁREA MUNICIPAL DE LA MUJER DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA, en el marco del Convenio suscripto oportunamente entre la Universidad Nacional de Salta y la Municipalidad de la ciudad de Salta, aprobado mediante Resolución Rectoral Nº 1250/04, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Comisión de la Mujer de la UNSa. y Área Municipal de la Mujer de la Municipalidad de la Ciudad de Salta. Cumplido, siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0320-08

ANEXO I





ACUERDO DE COOPERACIÓN MUTUA ENTRE LA COMISIÓN DE LA MUJER

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA Y EL AREA MUNICIPAL DE LA

MUJER DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA


Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la COMISIÓN DE LA MUJER, en adelante LA UNIVERSIDAD, representada en este acto por el Sr.Vicerrector a cargo de Rectorado, Dr. Carlos Alberto Cadena, DNI Nº 12.220.384, con domicilio legal en Avenida Bolivia 5150 de la Ciudad de Salta, y la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA, a través del ÁREA MUNICIPAL DE LA MUJER, en adelante LA MUNICIPALIDAD, representada en este acto por el Sr. Intendente Miguel Ángel Isa, DNI 13.758.662, con domicilio legal en la calle La Florida 62 de la ciudad de Salta, resuelven celebrar el presente ACUERDO DE COOPERACIÓN MUTUA en el marco del CONVENIO suscrito entre la Municipalidad de la Ciudad de Salta y la Universidad Nacional de Salta, aprobado por Resolución Rectoral Nº 1250-04, el que se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: OBJETIVOS.


A) GENERAL: Lograr, mediante acción conjunta, la promoción social de las mujeres.


B) ESPECÍFICOS


SEGUNDA: COMPROMISO DE LAS PARTES:
Para el logro de estos objetivos, ambas instituciones se comprometen a:


a) La Comisión de la Mujer de la Universidad Nacional de Salta:


* Actividades de capacitación y asesoramiento (a asociaciones barriales, líderes comunitarias, profesionales, etc.) en temas de género y derechos humanos.

* Elaboración y difusión de material educativo y de información, bibliografía de consulta sobre la problemática de género y derechos humanos de las mujeres.

* Colaboración en toda acción que realice el Área Mujer de la Municipalidad (Campañas de difusión masiva: foros, debates, paneles, seminarios y actos, en particular en fechas reconocidas como el Día Internacional de la Mujer, el Día Internacional de la No Violencia contra las Mujeres, el Día Internacional de los Derechos Humanos, etc.), en orden al cumplimiento de los objetivos del presente acuerdo.


b) Área Municipal de la Mujer de la Municipalidad de la Ciudad de Salta:


* Acciones que permitan conformar grupos de trabajo, para su capacitación en la problemática de género.












* Recolección de datos y estadísticas acerca de la situación de las mujeres en Salta, especialmente de los barrios periféricos, para organizar la tarea de capacitación.

* Organización de una base de datos con la información obtenida.

* Elaboración de informes conjuntos anuales de las actividades y los logros alcanzados, y elevación de éstos a las autoridades respectivas y al Gobernador de la Provincia, en la búsqueda de apoyo materia y político para sucesivas y progresivas acciones.


TERCERA: DURACIÓN. El presente ACUERDO tendrá una vigencia de tres años a partir de la fecha de su firma y será prorrogado automáticamente por períodos iguales. Las partes quedan en libertad de rescindirlo sin causa alguna, debiendo denunciarlo en forma fehaciente con una anticipación mínima de treinta días.

La rescisión del mismo por cualquiera de las partes, no dará derecho a reclamar indemnización de ninguna naturaleza.


En prueba de conformidad, se firmas tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta, a los diez días del mes de marzo de dos mil ocho.



Firmado Firmado

SR. MIGUEL ANGEL ISA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

INTENDENTE VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA