SALTA, 09 ABR 2008


Expte. Nº 23.598/07


VISTO la presentación efectuada por el Sr. Samuel ARAMAYO; Director General de Administración de esta Universidad; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma hace saber sobre las inasistencias del Sr. Moisés MAMANÍ, personal de dicha Dirección, incurridas en los días 24 de septiembre, 5 y 6 de noviembre de 2007.


QUE la Dirección de Registro y Control de la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, realiza un primer informe en el que expresa:


"Visto lo solicitado se informa, que el Sr. Mamani Moisés registra el día 24/09/07 falta sin aviso. En el Convenio Colectivo de Trabajo - Dcto. N° 366/06 en los siguientes artículos establece:

Art.142° No considera la graduación a aplicar en las inasistencias injustificadas.


Art.153°


Posibilita aplicar el art.19° de la Res. lnt. N° 392/90 - que dice:


- 1ra. Inasistencia injustificada en el año: Apercibimiento, 1 día de descuento y el 50% del adicional por presentismo.



QUE asimismo realiza un segundo informe, el cual se transcribe a continuación:


" Visto lo solicitado se inforrna, que el Sr. Mamaní Moisés persona! de la Dirección Gral. de Administración, no registra en esta Dirección pedido de justificación alguna los días 5 y 6/11/07. En el Dcto. 366/06 - art. 142º no considera la graduación a aplicar en las faltas sin aviso.


Art. 153º

Posibilita aplicar el art. 19º de la Res. Int. 392/90 - corresponde:

2da. inasistencia (sin aviso) en ei año: 1 día de suspensión

3ra. inasistencia (sin aviso) en el año: 1 día de suspensión

Total días de suspensión 2

Total días de descuento 4

No corresponde adicional por presentismo"


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:

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Expte. Nº 23.598/07




ARTÍCULO 1º.- Aplicar al Sr. Moisés MAMANÍ, Legajo Nº 3531, personal de la Dirección General de Administración de esta UNIVERSIDAD, la sanción de Apercibimiento, corresponde un (1) día de descuento y el 50% del adicional por presentismo, por la inasistencia injustificada incurrida el día 24 de setiembre de 2007, de acuerdo a lo informado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL.


ARTÍCULO 2º.- Aplicar al Sr. Moisés MAMANÍ, Legajo Nº 3531, personal de la Dirección General de Administración de esta UNIVERSIDAD, la sanción de 2 (dos) días de suspensión, corresponde cuatro (4) días de descuento, no corresponde adicional por presentismo, por las inasistencias injustificadas incurridas los días 5 y 6 de noviembre de 2007, de acuerdo a lo informado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL.


ARTICULO 3º.- Notifíquese al interesado que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretaría del Consejo Superior y Administrativa, Direcciones Generales de Administración y de Personal, Asesoría Jurídica y Sr. Moisés MAMANÍ. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 0229-08