SALTA, 08 ABR 2008


Expte. Nº 17.611/07


VISTO estas actuaciones y las presentaciones efectuadas por el Lic. Rodolfo Nicolás CAPACCIO y la Dra. Sara MATA respectivamente; y


CONSIDERANDO:


QUE por las mismas elevan sus excusaciones para intervenir como Miembros Titulares del jurado designado para entender en el llamado a Concurso General de Antecedentes y Oposición en el ámbito de la Universidad Nacional de Salta, para cubrir el cargo de Director de Editorial de la Universidad Nacional de Salta, Categoría 02 del Agrupamiento Profesional del Personal de Apoyo Universitario, con dependencia de la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, convocado mediante Resolución Rectoral Nº 0054-08.-


Que corresponde aceptar las excusaciones y dejar conformado nuevamente el jurado con los reemplazantes pertinentes.


Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aceptar las excusaciones presentadas por el Lic. Rodolfo Nicolás CAPACCIO y la Dra. Sara MATA, como miembros Titulares del Jurado designado por Resolución Rectoral Nº 0054-08.


ARTÍCULO 2º.- Constituir el Jurado que entenderá en el Concurso General de Antecedentes y Oposición en el ámbito de la Universidad Nacional de Salta, para cubrir el cargo de Director de Editorial de la Universidad Nacional de Salta, Categoría 02 del Agrupamiento Profesional del Personal de Apoyo Universitario, con dependencia de la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, convocado mediante Resolución Rectoral Nº 0054-08, de la siguiente manera:


TITULARES



SUPLENTES



ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Extensión Universitaria, A.P.U.N.Sa., Miembros del Jurado y notifíquese a los inscriptos. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 0221-08