SALTA, 11 MAR 2008


Expte. N° 18.001/07


VISTO estas actuaciones y en particular la Resolución Rectoral Nº 1581-07, mediante la cual se procede al 2do. llamado a Licitación Pública N° 02/07, para la ejecución de la Obra N° 081: SEDE REGIONAL TARTAGAL - INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA - 10 AULAS y GRUPO SANITARIO, en la Ciudad de Tartagal, Provincia de Salta, con un presupuesto oficial de PESOS DOS MILLONES CIEN MIL DIECISEIS CON VEINTIÚN CENTAVOS ($ 2.100.016, 21) con un plazo de ejecución de doscientos diez (210) días calendarios; y


CONSIDERANDO:


QUE la presente obra forma parte del Convenio suscripto entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y esta Universidad, el que fuera aprobado mediante Resolución Rectoral N° 0127-07.


QUE se ha efectuado la apertura de dos (2) ofertas presentadas en el día y hora fijados, de acuerdo a la publicación del llamado efectuado en medios oficiales y privados, lo que a continuación se detalla:



QUE en la presente Licitación se dio cumplimiento a todas las disposiciones vigentes en materia de Contrataciones del Estado y la Ley 13.064 de Obras Públicas.


QUE la Comisión de Preadjudicación designada al efecto, emite informe de fecha 10 de enero de 2008, en el cual recomienda adjudicar la Licitación Pública Nº 02/07 para la ejecución de la Obra N° 081: SEDE REGIONAL TARTAGAL - INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA - 10 AULAS y GRUPO SANITARIO, a la Empresa ING. JULIO DELIZIA - PROYECTOS y OBRAS CIVILES, con domicilio en Marcelo T. de Alvear Nº 997 de la ciudad de Salta, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.445.287,68), en un todo de acuerdo al Legajo de Obra, su oferta, aclaraciones y Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública, por cumplir con todos los requisitos establecidos y resultar la oferta más conveniente.


QUE mediante Nota SSOP Nº 163/2008, de fecha 12 de febrero de 2008, el Subsecretario de Obras Públicas de la Nación, Arq. Hugo Manuel RODRIGUEZ, en el marco del Convenio suscripto, comunica que no hay objeción a la propuesta de preadjudicación respecto de la Empresa Ing. Julio Delizia - Proy. y Obras Civiciles, en un todo de acuerdo con el Informe de la Comisión de Preadjudicación citada precedentemente.


QUE el informe de preadjudicación fue notificado a las empresas con fecha 14 de febrero de 2008, de acuerdo a las constancias obrantes a fs. 157/158 de las presentes actuaciones.-


QUE a fs. 160/162, el Dr. Gustavo Enrique RODRIGUEZ, Abogado, en su carácter de Apoderado de la Empresa ARA CONSULTORA SRL, conforme surge de la Certificación de Poder agregada, presenta IMPUGNACIÓN a la preadjudicación de la obra en el plazo legal vigente.



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Expte. Nº 18.001/07



QUE a fs 168/169 la Comisión de Preadjudicación da respuesta a dicha impugnación y RATIFICA en todos sus términos, el Informe de Preadjudicación de fecha 10 de enero de 2008, recomendando adjudicar la obra de referencia a la Empresa ING. JULIO DELIZIA - PROYECTOS y OBRAS CIVILES.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Rechazar la impugnación presentada por la Empresa ARA CONSULTORA S.R.L., con domicilio en Pje. Calchaquí Nº 102 de la ciudad de Salta, en virtud de lo expresado en los considerandos de la presente.


ARTÍCULO 2º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 02/07 para la ejecución de la Obra N° 081: SEDE REGIONAL TARTAGAL - INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA - 10 AULAS y GRUPO SANITARIO, a la Empresa ING. JULIO DELIZIA - PROYECTOS Y OBRAS CIVILES, con domicilio en Marcelo T. de Alvear Nº 997 de la ciudad de Salta, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.445.287,68).


ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que La Contratista acepta según pliego y Decretos PE N° 1295/02, N° 1953/02, resoluciones ME y SOP N° 396/02, N° 107/02 y Resolución SIGEN Nº 157/02 que en el reconocimiento de Redeterminación de Precios, el 10% (diez por ciento) del valor de cada ítem, no sufrirá variación alguna, pese a que en los análisis de precios presentados por la Contratista se consigna Gastos Generales 0% (cero por ciento) y Beneficios 0% (cero por ciento). Por lo tanto, el porcentaje de la variación de tal Redeterminación de Precios, se aplicará sobre el 90% (noventa por ciento) del precio adoptado del ítem.


ARTÍCULO 4º.- Imputar la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.445.287,68), en las respectivas partidas y fuentes de financiamientos que corresponda, con cargo al presupuesto de esta Universidad para el corriente ejercicio.


ARTÍCULO 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Sede Regional Tartagal, IEM Tartagal, Direcciones Generales de Administración y de Obras y Servicios, Dirección de Contrataciones y Compras, y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 0096-08