SALTA, 20 DIC 2007


Expte. Nº 17.667/07


VISTO la presentación efectuada por la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, mediante la cual propone la constitución del CONSEJO SOCIAL ASESOR; y


CONSIDERANDO:


QUE dicha constitución representa un primer avance a lo establecido en las Bases del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta.


QUE uno de los objetivos fundamentales de la actual gestión Rectoral y ahora de esta Comisión será el establecer, sostener y promover un espacio alternativo de articulación con la comunidad.


QUE la Comisión se conformó de hecho con personas que trabajan vinculadas a problemáticas de carácter social del medio, aún sin pertenencia a la comunidad universitaria, presidido inicialmente por el Rectorado.


QUE el grupo se consolidó en su funcionamiento y es base para la continuidad en la tarea del Consejo Asesor Social que se pretende llevar adelante.


QUE lejos de ser un órgano asistencial o paternalista debe el Consejo dar respuestas identificando las demandas de los sectores carenciados aportando el conocimiento de los profesionales e investigadores de la Universidad.


QUE se debe reforzar la extensión universitaria que será el nexo con la comunidad.


QUE la Comisión estará coordinada por el SECRETARIO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, por lo que la Secretaría será la cabecera y generará el ámbito necesario para la implementación de lo expresado en los distintos considerandos.


QUE corresponde constituir la Comisión con los miembros actuantes conforme a la nómina incluida en estos actuados y presentada por el Lic. Sergio Ignacio CARBAJAL.


Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar la constitución del CONSEJO SOCIAL ASESOR en el ámbito de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, con dependencia de la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA y encomendar la responsabilidad al Sr. Secretario, Lic. Sergio Ignacio CARBAJAL.


ARTÍCULO 2º.- Constituir dicho Consejo con las siguientes personas:


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Expte. Nº 17.667/07





ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el Consejo Social Asesor deberá elaborar, redactar y presentar un Reglamento de Funcionamiento Interno para su tratamiento y aprobación por parte del Consejo Superior.


ARTÍCULO 4º.- Encomendar a dicho Consejo la tarea de elaborar los lineamientos de políticas para el cumplimiento de los objetivos de creación del mismo.


ARTÍCULO 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, Consejo de Investigación, Facultades, Sedes, Institutos de Educación Media, Direcciones Generales, Asesorías Jurídicas, Unidad de Auditoría Interna y notifíquese a los miembros de la Comisión. Cumplido siga a la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.-

JG.



Firmado Firmado

DRA. MARÍA CELIA ILVENTO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ACADEMICA RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 1717-07