SALTA, 19 DIC 2007
Expte. Nº 22.023/07
VISTO estas actuaciones y la Nota Nº 283-B/07 presentada por el Departamento de Becas de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma eleva nota enviada por la Dirección del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL mediante la cual solicita la prórroga de las becas concedidas oportunamente a los alumnos beneficiados con Becas Categorías A y B mediante el artículo 1º y 2º de la Resolución Rectoral Nº 1021-07, a partir del 01 y hasta el 31 de diciembre de 2007.
QUE asimismo se solicita la prórroga de las becas concedidas a los alumnos ingresantes al 1er. año del citado Instituto, beneficiados mediante el artículo 3º del citado acto, a partir del 01 y hasta el 30 de noviembre del corriente año.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar los beneficios concedidos oportunamente a los alumnos del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, beneficiados con Becas Categorías A mediante el artículo 1º de la Resolución Rectoral Nº 1021-07, consistente en la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO CON SETENTA CENTAVOS ( $ 85,70), a partir del 01 y hasta el 31 de diciembre de 2007.
ARTÍCULO 2°.- Prorrogar los beneficios concedidos oportunamente a los alumnos del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, beneficiados con Becas Categorías B mediante el artículo 2º de la Resolución Rectoral Nº 1021-07, consistente en la suma de PESOS SESENTA Y SIETE ( $ 67,00), a partir del 01 y hasta el 31 de diciembre de 2007.
ARTÍCULO 3°.- Prorrogar los beneficios concedidos oportunamente a los alumnos ingresantes del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, beneficiados con una beca mediante el artículo 3º de la Resolución Rectoral Nº 1021-07, consistente en la suma de PESOS SESENTA Y CINCO ( $ 65,00), a partir del 01 de octubre y hasta el 30 de noviembre de 2007.
ARTÍCULO 4º.- Tener por imputado el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución en las Partidas 5.1.3.: BECAS, correspondiente al presupuesto por el corriente ejercicio.
ARTÍCULO 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Instituto de Educación Media Tartagal, Departamento de Becas, Comisión de Becas, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad y Tesorería General. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1691-07