SALTA, 06 DIC 2007



Expte. Nº 5.047/07


VISTO estas actuaciones por las cuales la Prof. Perla Silvana RODRIGUEZ, Auxiliar docente de 1ra. Categoría con dedicación semiexclusiva de la FACULTAD DE HUMANIDADES, solicita ayuda económica del FONDO DE CAPACITACIÓN DOCENTE, para realizar el curso de Postgrado “Nuevos Enfoques sobre el Antiguo Egipto” llevado a cabo en la ciudad de Buenos Aires; y


CONSIDERANDO:


QUE mediante Resolución H-Nº 1.550-07, se solicita al Consejo Superior se otorgue a la citada docente, la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES ($443,00), en el marco del Fondo de Capacitación Docente.


QUE el pedido se ajusta al Reglamento vigente, aprobado mediante Resolución CS. N° 229/91 y modificatoria.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA en su Despacho Nº 174/07 de fecha 26 de noviembre de 2007 y lo dispuesto por la resolución CS-Nº 235/03,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1°.- Asignar a la Prof. Perla Silvana RODRIGUEZ, Auxiliar docente de 1ra. Categoría con dedicación semiexclusiva de la FACULTAD DE HUMANIDADES, la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 443,00) del Fondo de Capacitación Docente de la citada Facultad, para realizar el curso de posgrado “Nuevos enfoques sobre el Antiguo Egipto”.


ARTICULO 2º.- Establecer que la docente mencionada en el artículo 1º, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total asignada.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Facultad de Humanidades y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la FACULTAD DE HUMANIDADES, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 1625-07