SALTA, 29 NOV 2007


Expte .Nº 1.408/01


VISTO este expediente relacionado con el cierre de cuentas de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA que lleva a cabo la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, el 31 de diciembre de cada año; y


CONSIDERANDO:


QUE los plazos del cronograma del citado cierre están fijados por la Resolución Rectoral Nº 350-02 y desde entonces a la fecha se han producido cambios en los sistemas como en los procedimientos aplicados.


QUE por Resolución CS Nº 285/04 se dispuso la implementación en la Universidad Nacional de Salta, a partir del inicio del ejercicio 2005, del Sistema de Gestión Presupuestaria, Económica, Financiera y Contable denominado SIU-COMECHINGONES, cuyo desarrollo informático fue llevado a cabo por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación.


QUE en la Resolución Rectoral Nº 1437-04 establece el procedimiento y los plazos de rendiciones de cuentas, que presentan las distintas dependencias de la Universidad.


QUE la ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de Control, en su artículo 3º, dispone que “…el régimen de responsabilidad que estipula y está asentado en la obligación de los funcionarios de rendir cuentas de su gestión”.


QUE también en su articulo 41 se establece: “Las cuentas del presupuesto de recursos y gastos se cerrarán el 31 de diciembre de cada año”.


QUE la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD eleva Proyecto de Resolución mediante el cual propone actualizar el procedimiento a seguir para proceder al cierre del ejercicio económico y financiero 2007.


QUE el citado Proyecto fue elevado y consensuado entre las distintas áreas de la Secretaría Administrativa y los Directores Generales Administrativos de las distintas Unidades Académicas, en reuniones de los días 6 y 9 de noviembre del 2007, y puesto a consideración de la COMISIÓN DE HACIENDA para su análisis, que se ha expedido en forma favorable.


QUE el artículo 106 del estatuto de la Universidad dispone que es atribución del señor Rector, dirigir y ejercer la administración general de la Universidad.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,


EL DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


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Expte. Nº 1.408/01




ARTÍCULO 1º.- Aprobar el REGLAMENTO DE ACTIVIDADES Y CRONOGRAMA PARA EL CIERRE DE EJERCICIO ECONÓMICO-FINANCIERO 2007 en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Establecer que los distintos centros de gestión de presupuesto deberán fijar su cronograma de actividades interno, que le permita dar cumplimiento a los plazos dispuestos en el ANEXO I de la presente Resolución.


ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Consejo de Investigación, Secretarías, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, Direcciones Generales, Asesorías Jurídicas y Unidad de Auditoría Interna. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos.

JG.



Firmado Firmado

CPN SERGIO ENRIQUE VILLALBA ING. JORGE FELIX ALMAZAN

SECRETARIO ADMINISTRATIVO DECANO FACULTAD DE INGENIERIA

A/C RECTORADO


RESOLUCIÓN - R - Nº 1588-07






























ANEXO I



Establecer las ACTIVIDADES y fijar el CRONOGRAMA de plazos máximos, que deberán cumplir las distintas áreas involucradas en el cierre de operaciones y tareas de cierre de ejercicio 2007, que se detallan a continuación:


A) AREA DE TESORERIA GENERAL


1.- INGRESOS DE FONDOS VARIOS: Se recepcionarán hasta el día 21 de diciembre, los siguientes ingresos de fondos:

2.- ARANCELES VARIOS: Se realizará el cobro de los mismos hasta el día 26 de diciembre.

3.- CAJA CHICA: Atenderá pagos y/o reintegros de facturas mediante este sistema hasta el día 27 de diciembre.

4.- Pago a proveedores, Servicios Básicos, Certificados de Obras, pasantías, honorarios, etc.:

5.- PAGO DE HABERES: Se debe observar el plazo de 10 días hábiles para la firma de la planilla y entrega de los recibos de haberes, para su posterior rendición de cuentas.

6.-- MEMOS EMITIDOS y NO COBRADOS:

7.- TRANSFERENCIAS DEVENGADAS:






8.- ARQUEO DE CAJA Y CONCILIACIONES BANCARIAS:

9.- ATENCION AL PUBLICO: normalmente en el horario de 7,30 a 13,00 horas, hasta el día 27 de diciembre.


B) AREA DE COMPRAS


1.- TRÁMITES DE COMPRAS: recepcionar los expedientes – que cuenten con la debida registración en la Dirección de Contabilidad – con pedidos de inicio de trámites de adquisición de bienes y/o contratación de servicios, con sujeción al siguiente cronograma:

2.- Una vez emitida la Orden de Compra, Orden de Servicio o Resolución de adjudicación, antes del cierre del ejercicio, remitir el expediente a la Dirección de Contabilidad, para que se efectúe el registro del compromiso del gasto, según lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley de Administración Financiera y Control.


C) AREA DE PATRIMONIO


1.- Registro de Bienes Patrimoniales: Las actuaciones de altas de Bienes de Uso, cualquiera sea su origen, deberán ser recepcionadas en la Dirección de Patrimonio hasta el 14 de diciembre de cada año.

2.- Alta definitiva de los bienes: dar el alta definitiva de los bienes cuyo registro en el inciso 4 también haya sido efectuado en la Dirección de Contabilidad. Las planillas de altas recepcionadas en la Dirección de Patrimonio, sin registro en Dirección de Contabilidad, tendrán solo el alta provisoria. Esta última situación deberá ser regularizada en el ejercicio siguiente.

3.- Amortizaciones de Bienes de Uso: elaborar cuadro de Movimiento de Bienes de Uso, con el total de las amortizaciones de todos los bienes existentes al cierre de cada año, por clasificación presupuestaria y presentarlo en la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD.


D) AREA DE PRESUPUESTO


El área de Presupuesto, es un servicio centralizado para toda la Universidad, y al cierre de ejercicio debe:

1.- Realizar la conciliación de créditos presupuestarios con la Jurisdicción 70 - Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las otras Jurisdicciones.

2.- Conciliar los Ingresos y Transferencias devengadas con la Dirección de TESORERÍA GENERAL y a su conclusión, notificar a la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD.







3.- Elaborar un cuadro resumen y digesto de Resoluciones Internas de la Universidad, que respalden las altas, bajas y transferencias de créditos presupuestarios (Fuentes 11, 13 y 22); que debe ser coincidente con el total del cuadro 10.1.1 Transferencias de la Administración Nacional, al 31 de diciembre de cada año; y elevar dicha información a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.

4.- Elaborar un cuadro resumen y digesto de Resoluciones Internas de la Universidad, que respalden las altas, bajas y transferencias de créditos presupuestarios de fuente de financiamiento 12 y 16; y elevar dicha información a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.

5.- Elaborar el cuadro 10.1.1 Transferencias de la Administración Nacional al 31 de diciembre de cada año y las notas presupuestarias que correspondan.

E) AREA DE CONTABILIDAD


El área de Contabilidad presta un servicio centralizado para toda la Universidad y en base a la información registrada en la misma se elaboran los Estados Contables de la Universidad, el Estado de Ahorro, Inversión y Financiamiento, Cuadro de Compatibilidad, Estados de Ejecución Presupuestaria, cuadros, notas y anexos; que son requeridos por los distintos organismos internos y externos a la Universidad.


1.- RENDICIONES DE CUENTAS:

2.- LIBROS CONTABLES:








3.- DOCUMENTACION DE RESPALDO:

Conservar toda la documentación de respaldo de sus registros (rendiciones según Resolución R. Nº 1.437/04, expedientes de gastos, etc.) por el plazo de 10 (diez) años; transcurrido el mismo la documentación será remitida al Archivo General de la Universidad.


F) AREA JURIDICA DE LA UNIVERSIDAD

Con el objeto de agregar a la Cuenta de Inversión que elabora anualmente esta Institución, para ser enviada a los Ministerios de Educación y Ministerio de Economía de la Nación, el servicio jurídico de la Universidad en sus distintas Áreas (Dirección de Sumarios, Dirección de Asesoría Jurídica, Coordinación de área Legal y Técnica) y abogados externos, deben preparar un informe sobre demandas judiciales, que contemplará los siguientes aspectos:


1.- Listado de Juicios en los que la Universidad Nacional es parte demandada, consignando: nombre de la causa, demandante, juzgado, instancia procesal en la que se encuentra, si existen fallos (de que instancia), e importe de los reclamos o de las causas incluyendo los costos del juicio (sellados, honorarios, peritos, etc.), a cargo de la demandada o estimación de éstos.

2.- Idem al punto anterior, pero detalle de los juicios en lo que la Universidad es parte actora (la que hace la demanda).

3.- La fecha de corte de la información solicitada en los dos puntos anteriores, es el día 31 de diciembre, y la presentación del informe debe ser realizada en la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN hasta el día 10 de enero posterior al ejercicio cerrado.

4.- El informe abarcará los juicios llevados por cada uno de los abogados internos y externos de la Universidad, y antes de ser presentado debe ser consolidado por la COORDINACIÓN DEL ÁREA LEGAL Y TÉCNICA.


G) Otros Centros de Ejecución Presupuestaria y de Recaudación de Ingresos.


Los responsables - de fondos y gastos - Administrativos de las Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarias, Direcciones Generales, Direcciones, deben:


1.- Elaborar y presentar las rendiciones de cuentas dentro de los plazos y formalidades establecidas por la Resolución Rectoral 1.437-04, por los fondos que han recibido al 31 de octubre.

2.- Las rendiciones de cuentas de fondos recibidos en noviembre y hasta el 12 diciembre, deberán ser presentadas directamente en la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de la Dirección de Contabilidad, hasta el 14 de diciembre como último plazo para ser incluidas en el cierre del ejercicio.

3.- Las rendiciones presentadas fuera del plazo fijado o en un lugar diferente al indicado en el punto anterior, quedan a disponibilidad material de la Dirección de Contabilidad para su inclusión dentro del ejercicio; sin perjuicio de la responsabilidad administrativa de los responsables de cumplir los plazos fijados, en los puntos anteriores.









4.- Elaborar y presentar las conciliaciones bancarias mensuales de los meses de enero a noviembre en la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y en la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, hasta el día 10 del mes inmediato siguiente.

5.- Elaborar y presentar la conciliación bancaria de la fecha de cierre de ejercicio (al día 31 de diciembre) en la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, hasta el 08 de enero de 2008.

6.- Los saldos de las conciliaciones bancarias de cuentas de gastos de funcionamiento, a la fecha de cierre, debe ser acompañada de un anexo con el detalle del origen de los fondos y que contenga la siguiente información: a) composición de los fondos por Nº de memo, b) concepto, c) subtotal por conceptos iguales d) fuente de financiamiento, e) suma Total, que deberá ser coincidente con el saldo del libro banco.

7.- Los saldos de las conciliaciones bancarias de cuentas de Recursos Propios, a la fecha de cierre, debe ser acompañada con la información que justifique los mismos.

8.- Los fondos informados en cumplimento de los punto 5º, 6º y 7º, que cuenten con la manifestación expresa (por nota) de que “persiste la necesidad de contar con los fondos depositados en las cuentas corrientes Nº…….. en el próximo ejercicio”, serán considerados por la Dirección de Presupuesto “con afectación presupuestaria” en el ejercicio siguiente y continuarán habilitados para la misma finalidad, mediante el Memo original u otro que asigne e informe la Dirección General de Administración, bien realizada la apertura del nuevo ejercicio.

9.- Los gastos efectuados con Recursos Propios deben cumplir con las mismas formalidades de los afrontados con Fuente de Financiamiento 11, y antes de efectuada la rendición de cuentas, ser aprobados mediante RESOLUCIÓN emitida por autoridad competente. Se rinden según disposiciones de la Resolución R. 1437-04.

10.- Depositar en TESORERÍA GENERAL la totalidad del porcentaje de retención que le corresponda a la Administración Central (correspondiente a Recursos Propios) hasta el día 26 de diciembre de cada año.

11.- Los plazos para la rendición de los ingresos de los Recursos Propios y de los Gastos efectuados con ellos, son iguales a los señalados en el punto 1º y 2º de este apartado. Las rendiciones de los ingresos de los recursos propios deben ser acompañadas con copias de los comprobantes emitidos (Facturas-Recibos).

12.- Presentar en DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, en soporte magnético hasta el día 27 de diciembre, información del Sistema de Recursos Propios (implementado por Circular Nº 17-DGA-00) u otro que tenga implementado la Unidad Académica y que sea de utilidad para el control interno de la Dirección General de Administración.

13.- Las dependencias que tienen habilitadas desde la administración central las Cajas Chicas, Fondo Permanente o Rotatorio habilitadas, deben depositar sobrantes –en TESORERÍA GENERAL- y rendir cuentas de las mismas – en DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD - hasta el día 17 de diciembre. Luego de esa fecha las urgencias serán atendidas por Tesorería General.