SALTA, 20 NOV 2007



Expte. Nº 518/07


VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO DE COMODATO suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, y los Sres. Claudio VACA y Leandro CASTRO, representantes del CENTRO COMUNITARIO "ESPACIO JÓVEN DE YACUY", de la localidad de Misión San José de Yacuy, Municipio de Tartagal, Dpto. San Martín de la Provincia de Salta; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Convenio tiene como objetivo ceder la disponibilidad y uso en carácter permanente de una amasadora electricomecánica, una sobadora eléctrico mecánica y un horno de mampostería y estructura metálica para combustión a leña, destinado al montaje y puesta en marcha de una panadería en la localidad de Yacuy, conforme a lo previsto en el proyecto de desarrollo comunitario denominado "JÓVENES INDÍGENAS POR UN PRESENTE CON DIGNIDAD", que se tramita en Expte. 23136/07 de esta Universidad, financiado por la Dirección Nacional de Juventud de la Nación.


QUE la Coordinación y Supervisión del proyecto está a cargo de la Lic. Adriana ZAFFARONI, titular de la cátedra de Investigación Educativa de la carrera de Ciencias de la Educación de la FACULTAD DE HUMANIDADES.


QUE ASESORIA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 170, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho Nº 090/07 del 04 de julio de 2007, aconseja la aprobación del Convenio de referencia.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el CONVENIO DE COMODATO suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, y los Sres. Claudio VACA y Leandro CASTRO, representantes del CENTRO COMUNITARIO "ESPACIO JÓVEN DE YACUY", de la localidad de Misión San José de Yacuy, Municipio de Tartagal, Dpto. San Martín de la Provincia de Salta, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultad de Humanidades, Dirección General de Administración y notifíquese a los interesados. Cumplido, siga a SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1529-07







CONVENIO DE COMODATO


En la ciudad de Salta, a los seis días del mes de julio del año dos mil siete, la Universidad Nacional de Salta, representada en este acto por su rectora, Ingeniera Stella Perez de Bianchi, D.N.I. Nº 5.242.325, argentina, mayor de edad, con domicilio en Avenida Bolivia Nº 5150, por una parte y los señores; Claudio Vaca D.N.I. Nº 18.785.706, argentino, mayor de edad, y Leandro Castro D.N.I. Nº 31.954.771, argentino, mayor de edad, con domicilio en la localidad de Misión San José de Yacuy, Municipio de Tartagal del Dpto. San Martín de la Provincia de Salta, representantes del Centro Comunitario "Espacio Joven de Yacuy", convienen en celebrar el presente convenio de comodato que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:


PRIMERA: La Universidad Nacional de Salta, cede la disponibilidad y uso en carácter permanente de una amasadora electricomecánica, una sobadora eléctrico mecánica y un horno de mamposteria y estructura metálica para combustión a leña, destinado al montaje y puesta en marcha de una panadería en la localidad de Yacuy, conforme a lo previsto en el proyecto de desarrollo comunitario de nominado "Jóvenes Indígenas por un presente con dignidad", que se tramita en Expte. Nº 23.136/07 de la Universidad y financiado por la Dirección Nacional de Juventud de la Nación.


SEGUNDA: La Coordinación y supervisión del proyecto está a cargo de la Licenciada Adriana Zaffaroni, titular de la Cátedra de Investigación Educativa de la Carrera de Ciencias de la Educación de la Facultad de Humanidades.-


TERCERA: En el marco de lo establecido en el artículo anterior, la Coordinación del Proyecto determinará el cese del presente comodato en decisión fundada por escrito en razón de inconvenientes e impedimentos de índole económico o financiero, el incumplimiento de los propósitos fundantes entre los cuales se destaca la creación de un fondo solidario para la puesta en marcha de nuevo emprendimiento solidario de jóvenes de la comunidad de Yacuy, desintegración del grupo solidario, inobservancia o cumplimiento de las cláusulas y condiciones que rigen el presente convenio u otro motivo que afecte la continuidad del proyecto.-


CUARTA: La Coordinación del proyecto queda facultada para resolver la entrega del equipamiento a un nuevo grupo solidario de jóvenes que responda a los propósitos y objetivos formulados en el marco del proyecto.-


QUINTA: La restitución de los bienes se harán en las condiciones que se encuentren y en forma inmediata a la requisitoria de la Coordinación del Proyecto, sin perjuicio de las acciones legales y/o administrativas que se instrumenten por cuerda separada.-


SEXTA: El Centro Comunitario "Espacio Joven" se compromete a habilitar una cuenta bancaria (Caja de Ahorro) a nombre de dos de sus miembros destinada a la administración de los fondos producidos por el emprendimiento productivo.


SÉPTIMA: El Centro Comunitario" Espacio Joven" se compromete a gestionar la persona jurídica de la entidad en un plazo no mayor de un año.-


OCTAVA: En caso de conflicto las partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de Salta, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.


En prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor y al mismo efecto.-


Firmado Firmado

SR. CLAUDIO VACA ING.AGR. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI

CENTRO ESTUDIANTES YACUY - SALTA RECTORA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


FIRMADO

SR. LEANDRO CASTRO

CENTRO ESTUDIANTES YACUY-SALTA