SALTA, 19 OCT 2007



Expte. Nº 712/07


VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO MARCO suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través de la FACULTAD DE INGENIERÍA, y la CÁMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS ELECTRÓNICAS, ELECTROMECÁNICAS Y LUMINOTÉCNICAS (CADIEEL); y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Convenio tiene como objetivo reconocer y premiar el esfuerzo de los egresados que lograron los mejores promedios de su promoción, incorporándolos en el ámbito empresarial para desarrollar sus carreras profesionales.


QUE a fs. 40, ASESORIA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 225 de fecha 23 de agosto de 2007.-


QUE a fs. 42, la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO emite Despacho mediante el cual aconseja la aprobación del Convenio de referencia.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el CONVENIO MARCO suscrito entre la la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través de la FACULTAD DE INGENIERÍA, y la CÁMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS ELECTRÓNICAS, ELECTROMECÁNICAS Y LUMINOTÉCNICAS (CADIEEL), el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y de Cooperación Técnica, Facultad de Ingeniería, y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. ADOLFO NÉSTOR RIVEROS ZAPATA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 1367-07









CONVENIO MARCO


Distinciones CADIEEL a la Excelencia Profesional en Perspectiva Social


En Buenos Aires, al día 30 del mes de julio del año 2007 entre: la Cámara Argentina de Industrias Electrónicas, Electromecánicas y Luminotécnicas, en adelante CADIEEL, representada en este acto por su presidente, el Sr. Ramiro Prodan, con domicilio legal en Bernardo de Irigoyen 330, piso 5, of. 121, C.P: 1078, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad Nacional de Salta, a través de la Facultad de Ingeniería, en adelante La Facultad, representada en este acto por la Sra. Rectora Ing. María Stella Perez de Bianchi (*), y el Sr. Decano de la Facultad de Ingeniería, Ing Jorge Felix Almazán, con domicilio legal en Avda. Bolivia N° 5150 de la ciudad de Salta, C.P. 4400, se acuerda celebrar el presente CONVENIO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL, a fin efectivizar en el evento que organizará CADIEEL, la entrega de reconocimientos a aquellos egresados que tengan los mejores promedios de las carreras de ingeniería afines a los sectores industriales representados por CADIEEL.


Considerando:


a- que las partes tienen interés en reconocer y premiar el esfuerzo de los egresados que lograron los mejores promedios de su promoción.


b- que es importante incorporar a dichos graduados en el ámbito empresarial para desarrollar sus carreras profesionales.


Las partes convienen lo siguiente:


PRIMERO: Cooperar para poder realizar el evento en las fechas y en el modo previsto, informando antes del 15 de marzo de cada año, la nómina de los egresados objetos del presente Convenio, y toda la información necesaria para contactarlos.


Cronograma para la ejecución del evento y la entreqa de premios:


FECHA

ACCIONES

15 de marzo

La facultad informará a CADIEEL, por medio de un correo electrónico o por correo postal, la lista de los mejores cinco promedios de las carreras de qrado de ingeniería de acuerdo con la lista que a continuación se detalla. La información será suministrada en un cuadro similar al propuesto.

30 de marzo

CADIEEL confirmará la recepción de dicha información.

Abril

CADIEEL invitará a las autoridades de la institución a participar del evento.

Mayo

Se llevará a cabo el evento organizado por CADIEEL, y en él la entrega de reconocimientos a los mejores promedios, en fecha, lugar y horario que CADIEEL informará con suficiente antelación.


(*) Deberá leerse: Sra. Rectora Stella Maris Pérez de Bianchi







SEGUNDO: En la medida que la información se encuentre disponible, la Universidad Nacional de Salta, a través de la Facultad de Ingeniería, comunicará a CADIEEL los casos en que los egresados objeto del presente convenio hayan desarrollado tareas destacadas de vinculación profesional con el medio social-comunitario, o participado de actividades o proyectos técnicos- científicos, indicando si son solidarios o cooperativos.


TERCERO: El presente Convenio no invalida los convenios preexistentes que puedan tener las partes, ni limita los que pudieran celebrarse en el futuro.


CUARTO: La celebración del presente Convenio no implica ningún tipo de compromiso de orden económico o financiero a cargo de las partes comparecientes. Las eventuales obligaciones de tal naturaleza serán objeto de previsión expresa en los convenios específicos que se necesiten, eventualmente, celebrar entre las partes.


QUINTO: Toda diferencia que se suscite entre las partes como consecuencia del presente Convenio, deberá resolverse apelando a la buena fe y voluntad de las mismas.


SEXTO: El presente Convenio se suscribe por el término de dos años, renovándose automáticamente por el mismo período y sin fecha de caducidad.


SÉPTIMO: El presente Convenio podrá ser rescindido unilateralmente, sin causa alguna, notificando por medio fehaciente a la otra parte, con una anticipación de tres meses.


En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.




Firmado Firmado

RAMIRO PRODAN ING. AGR. MARÍA STELLA PÉREZ DE BIANCHI (*)

PRESIDENTE RECTORA

CADIEEL UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


Firmado

Ing. Jorge Felix ALMAZÁN

DECANO FACULTAD INGENIERIA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


(*) Deberá leerse: Sra. Rectora Stella Maris Pérez de Bianchi