SALTA, 31 de agosto de 2007.



Expte. Nº 17.026/07



VISTO estas actuaciones y la Resolución CS-Nº 244/07 del CONSEJO SUPERIOR; y


CONSIDERANDO:


QUE por la citada resolución se autoriza a la Señora Rectora a contratar a la As. Soc. Fabiola Andrea MENA, bajo el régimen de locación de servicios, por el término de tres (3) meses, con destino a la DIVISIÓN DE SERVICIO SOCIAL de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, estableciendo un monto mensual de PESOS OCHOCIENTOS ( $ 800,00).


QUE a fs. 20 obra el Contrato de Locación de Servicios suscripto con fecha 1 de agosto de 2007.


Por ello:


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la As. Soc. Fabiola Andrea MENA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Impùtar el gasto que origine el cumplimiento de la presente resolución, en las respectivas partidas del Presupuesto de esta Universidad, por el corriente ejercicio


ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.


Firmado Firmado

C.P.N. SERGIO ENRIQUE VILLALBA DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 1090-07


JG.











CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS


---------Entre la Universidad Nacional de Salta representada por su Rectora Ing. Stella PÉREZ DE BIANCHI, en adelante "LA UNIVERSiDAD", con domicilio en Avda. Bolivia Nº 5150, por una parte, y por la otra la Srta. MENA, FABIOLA ANDREA, DNI N° 24.875.582, en adelante "EL CONTRATADO", con domicilio en Bº Castañares, Manzana 5, Casa 8, Grupo 298, ambos de la ciudad de Salta, formulan el siguiente contrato de LOCACIÓN DE SERVICIOS.


PRIMERO: "EL CONTRATADO" debe prestar servicios en la División Servicio Social dependiente de la Secretaría de Bienestar Universitario, ubicado en el Predio de la Universidad Nacional de Salta, sito en Avda. Bolivia Nº 5150, de lunes a viernes en el horario de 15 a 20 horas.

Las tareas a cumplir se detallan a continuación:



SEGUNDO: "EL CONTRATADO" se compromete a conocer y respetar las disposiciones y reglamentaciones emergentes de "LA UNIVERSIDAD".


TERCERO: "LA UNlVERSIDAD" abonará a "EL CONTRATADO" la suma de $ 800 (pesos ochocientos) mensuales, debiendo el contratado encontrarse inscripto en Íos organismos fiscales correspondientes al momento de iniciarse ésta relación contractural y emitir factura o recibo conforme a las normas vigentes, cada vez que perciba los honorarios establecidos. Durante la vigencia del presente contrato, la Universidad se reserva el derecho de efectuar las retenciones impositivas de acuerdo a normas vigentes.


CUARTO: Este contrato regirá desde el 1º de Agosto hasta el 31 de Octubre de 2007. La rescisión aún sin expresión de causa no dará derecho de indemnización alguna y operará con la mera comunicación fehaciente de una de las partes.


QUINTO: El presente contrato no implica existencia de relación de empleo, ni laboral, rigiéndose por las disposiciones del Código Civil relativas a la Locación de Obras y Servícios.-


SEXTO: Para los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción del Juzgado Federal de Salta.-


-------En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta a los un días del mes de agosto del año dos mil siete.----------------------



FIRMADO FIRMADO

FABIOLA ANDREA MENA ING. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

ASISTENTE SOCIAL RECTORA

M.P. 288 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA