SALTA, 06 JUL 2007




Expte. Nº 024/07


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Despacho de RECTORADO; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita extensión horaria a favor de las agentes, María del Carmen VILLALBA y Victoria CARRAL, quienes debido a la escasez de personal en esa área, colaboran con gran disposición y eficiencia, para garantizar el normal funcionamiento del citado despacho, a partir de la fecha que en cada caso se indica y por el término de tres (3) meses.


Por ello:

LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Tener por autorizada la liquidación y pago de Horas Extras, por exceso de su jornada habitual de trabajo, previsto en el Articulo 74 del Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por el Decreto Nº 366/2006, a favor de la Sra. Victoria CARRAL, agente de la Secretaria del Consejo Superior, con efecto al 2 de mayo y hasta el 31 de diciembre del corriente año, hasta un máximo de treinta (30) horas mensuales.


ARTICULO 2º.- Tener por autorizado la liquidación y pago de Horas Extras, por exceso de su jornada habitual de trabajo, previsto en el Articulo 74 del Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por el Decreto Nº 366/2006, a favor de la Lic. María del Carmen VILLALBA, agente de la SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, con efecto al 1 de junio de 2007 y hasta el 31 de diciembre del corriente año, hasta un máximo de treinta (30) horas mensuales.


ARTICULO 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al cupo máximo de noventa (90) horas extras mensuales que autoriza el Consejo Superior por resolución CS. Nº 503/06.


ARTICULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Direcciones Generales de Personal y de Administración y notifíquese a las interesadas. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.