SALTA, 21 MAY 2007
Expte. Nº 23.137/07
VISTO
este expediente relacionado con el Proyecto: “GESTIÓN
SOCIOCULTURAL DE JÓVENES EN COMPARSA”, presentado por la
Facultad de Humanidades; y
CONSIDERANDO:
QUE para la
ejecución del mismo ingresaron fondos a la TESORERÍA
GENERAL de la UNIVERSIDAD, por la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL
CIENTO OCHENTA ( $ 24.180,00).
QUE
por Resolución Rectoral Nº 107-07, de fecha 21 de febrero
de 2007, se dispone que: “los
subsidios que reciba la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA para atender el
desarrollo de programas y actividades establecidas por convenios
suscriptos oportunamente, cuyos fondos tienen destino específico
y no se encuentran particularmente regulados por el Consejo Superior,
ingresarán a la Cuenta General de la Universidad, por medio de
la Tesorería.”
QUE
asimismo por el artículo 2º de la citada resolución
se “deja establecido que para cada Programa y/o actividad
específica se emitirá una resolución indicando
el monto, número de la cuenta en que se depositará el
subsidio, nombre del programa o actividad y Unidad de Gestión,
Secretaría o Consejo y persona responsable de la
administración, ejecución del Programa o actividad y
detalle de las normas a aplicar en la rendición de los fondos
recibidos de acuerdo con las especificaciones generales y
particulares que requiera la organización financiadora”.
Por
ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA
ADMINISTRATIVA,
EL
VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- Dejar establecido que en el Proyecto: “GESTIÓN SOCIOCULTURAL DE JÓVENES EN COMPARSA”, presentado por la Facultad de Humanidades; se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 2º de la Resolución Rectoral Nº 0107-07.
ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Facultad de Humanidades, Dirección General de Administración y Tesorería General. Cumplido siga a la FACULTAD DE HUMANIDADES, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado
DR. CARLOS ALBERTO CADENA
VICERRECTOR
RESOLUCIÓN - R - Nº 0455-07