SALTA, 11 MAY 2007
Expte. Nº 17.582/06
VISTO el presente expediente y el pedido realizado por la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA; y
CONSIDERANDO:
QUE por el mismo solicita la aprobación de la Publicación con el Sello Editorial de la EDUNSA, de la obra “LA ZONA VISUOGRÁFICA EN LA ESCRITURA DE NIÑOS”, Tesis Doctoral de la Dra. Viviana CÁRDENAS, docente de la Facultad de Humanidades.
QUE la Sra. Decana considera que dicho material representa un valioso aporte a las Ciencias Sociales y Humanas por lo que aconseja su aprobación con el Sello Editorial de la Universidad Nacional de Salta.
QUE la Comisión Editorial de la FACULTAD DE HUMANIDADES recomienda hacer lugar a la solicitud de la Dra. CÁRDENAS.
QUE la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA gestionó los trámites de registro de ISBN ante la CÁMARA ARGENTINA DEL LIBRO, bajo el sello de la EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (EDUNSA).
QUE mediante Resolución Rectoral Nº 0827-06, se aprueba el REGLAMENTO DE GESTIÓN DE PUBLICACIONES ACADÉMICO - CIENTÍFICAS, bajo el sello Editorial de la Universidad Nacional de Salta y financiadas por Unidades de gestión, Institutos, CIUNSa y Secretarías.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar la Publicación con el Sello Editorial de la EDUNSA, de la obra ““LA ZONA VISUOGRÁFICA EN LA ESCRITURA DE NIÑOS”, Tesis Doctoral de la Dra. Viviana CÁRDENAS, docente de la Facultad de Humanidades, de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Extensión Universitaria de la Universidad Nacional de Salta.
ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, de Extensión Universitaria y Administrativa y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
Firmado Firmado
DRA. ADA JUDITH FRANCO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
COORDINADOR DE POSGRADO Y RECTORA
RELACIONES INTERNACIONALES
a/c SECRETARIA ACADÉMICA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0417-07