SALTA, 16 ABR 2007





Expte. Nº 441/03


VISTO estas actuaciones relacionadas con las Becas anuales que otorga la ALIANZA FRANCESA DE SALTA a esta Universidad, en virtud del convenio Marco aprobado por resolución CS-Nº 428/99; y


CONSIDERANDO:


QUE a fs. 172 corre agregada el Acta de la Comisión de Evaluación que entendió en el análisis de las solicitudes, la cual debido al gran número de solicitantes, tomó como criterio otorgar dos medias becas al Estamento Docente, una media beca al Estamento del Personal de Apoyo Universitario y cinco medias becas el Estamento Estudiantil.


QUE para efectuar la selección se establecieron los siguientes criterios :



QUE la selección se realizó en función de los criterios enumerados, y se fijó el correspondiente orden de mérito.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES,




EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Conceder a cada una de las siguientes personas Media Beca para el estudio del idioma Francés, en la ALIANZA FRANCESA DE SALTA, durante el presente período lectivo 2007:



01.- Titular: Jorge Luis ARIAS ÁVALOS - D.N.I. Nº 26.899.440

02.- Titular: Rosa GUANTAY - D.N.I. Nº 14.302.888

03.- Suplente: Rosana FLORES - D.N.I. Nº 333.236.212

04.- Suplente: Silvia PAREJA - D.N.I. Nº 13.845.106


05.- Titular: Liliana JOSÉ - D.N.I. Nº 13.701.765

06.- Suplente: Diego RODRÍGUEZ - D.N.I. Nº 23.079.528



07.- Titular: María Milagro CARON - D.N.I. Nº 27.695.482

08.- Titular: Mabel MAMANÍ - D.N.I. Nº 24.978.634

09.- Titular: Sabrina MENDOZA - D.N.I. Nº 32.741.177

10.- Titular: Leonardo FRANCIA - D.N.I. Nº 27.905.504

11.- Titular: María Belén BANUS - D.N.I. Nº 32.504.404

12.- Suplente: Cristina LERA - D.N.I. Nº 29.336.772

13.- Suplente: Ana Victoria CASIMIRO CÓRDOBA - D.N.I. Nº 32.043.098

14.- Suplente: Francisco ESPINOSA VIALE - D.N.I. Nº 32.433.834

15.- Suplente: Juan GANGEMI - D.N.I. Nº 33.235.782

16.- Suplente: Marcelo SUTARA - D.N.I. Nº 24.729.281




ARTICULO 2º.- Dejar establecido que las personas detalladas en el artículo 1º deberán informar sobre la aceptación de la beca, en el plazo de una (1) semana a partir de la fecha de su notificación.


ARTICULO 3º.- Dejar aclarado que los becarios deberán abonar el costo de la matrícula, a la Alianza Francesa de Salta.


ARTICULO 4º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Académica y Coordinación de Postgrado, Alianza Francesa de Salta y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

PROF. MARTA ZULMA PALERMO DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA ACADEMICA VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 0305-07