SALTA, 29 MAR 2007




Expte. Nº 809/06


VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO PARA INTERCAMBIO DE CIENTÍFICOS suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el SERVICIO ALEMÁN DE INTERCAMBIO ACADÉMICO (DAAD); y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Convenio tiene como objetivo incrementar las relaciones científico-tecnológicas entre la Universidad Nacional de Salta y la República Federal de Alemania.


QUE a fs. 4, ASESORIA JURÍDICA tomó la debida intervención mediante Dictamen Nº 8993, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO a fs. 6 mediante Despacho Nº 166/06 del 8 de noviembre de 2006, aconseja la aprobación del citado Convenio.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO PARA INTERCAMBIO DE CIENTÍFICOS suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el SERVICIO ALEMÁN DE INTERCAMBIO ACADÉMICO (DAAD), en idiomas Castellano y Alemán, que como ANEXOS I y II, forman parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultades, Sedes, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido, siga a COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

PROF. MARTA ZULMA PALERMO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ACADEMICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0230-07


ANEXO I


CONVENIO

PARA INTERCAMBIO DE CIENTÍFICOS

ENTRE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Y EL

SERVICIO ALEMÁN DE INTERCAMBIO ACADÉMICO (DAAD)


Con la intención de promover la cooperación académica entre científicos de la Universidad Nacional de Salta (UNSa) y de Universidades e Instituciones Científicas y/o Tecnológicas de la República Federal de Alemania, la UNSa y el Servicio Alemán de Intercambio Académico (DAAD) firman el siguiente convenio:


  1. El programa de cooperación científica tiene como objetivo incrementar las relaciones científico-tecnológicas entre la Universidad Nacional de Salta y la República Federal de Alemania.

  2. Ambas partes financiarán el intercambio de hasta cinco (5) profesores universitarios y/o investigadores de la UNSa y de hasta cinco (5) científicos alemanes por año; este intercambio está sujeto a la disponibilidad de fondos para tal fin, comprometiéndose ambas instituciones a asignar los recursos necesarios en la medida de sus posibilidades. Los fondos a asignar serán exclusivamente para financiar los gastos de traslado y estadía y no comprenden gastos para infraestructura e insumos.

  3. Ambas partes se esforzarán para que el número de científicos de la UNSa y científicos alemanes que participen por año sea equilibrado.

  4. Este intercambio está abierto, en principio, a todas las disciplinas. No obstante, deben ser aceptables mutuamente.

  5. Tanto la UNSa como el DAAD propondrán a sus científicos para el intercambio. Podrán presentarse los científicos que ya tengan contactos con académicos de centros de investigación reconocidos y deberán tener la conformidad de la institución receptora.

  6. El principio general para el financiamiento de las acciones académicas derivadas de este convenio será el siguiente:

La parte que envía cubrirá los gastos de transporte, dentro de las posibilidades y del contexto económico.

La parte que recibe cubrirá los gastos de estancia, dentro de las posibilidades y del contexto económico.

La duración de los intercambios será -por regla general- no menor de 3 (tres) semanas ni mayor de 3 (tres) meses.


  1. Ambas partes se comprometen a difundir los términos de este convenio y procurar un intercambio ágil de las postulaciones recibidas, para poder resolverlas en plazos no mayores a los tres meses después de su ingreso a la UNSa y al DAAD; en base a una evaluación de sus respectivas comisiones asesoras se determinará un orden de méritos. La UNSa establecerá su/s fecha/s de convocatoria y las comunicará al DAAD. El DAAD a su vez recibirá solicitudes en cualquier momento, con un mínimo de tres meses de antelación a la fecha del viaje para el cual se solicita el subsidio. El procedimiento está especificado en el anexo.


  1. El presente Convenio entrará en vigor el día de la firma y tendrá una vigencia inicial de tres años. Transcurrido este período, será prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de un año, a menos que una de las partes comunique por escrito a la otra, con un preaviso de 6 (seis) meses, su deseo de rescindirlo. Se firman 2 (dos) ejemplares, uno en idioma alemán y uno en castellano, siendo ambos igualmente válidos.


Lugar y Fecha: Salta, 26 de febrero de 2007




Firmado Firmado

ING.AGR. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI DR. BERNHARD CHAPPUZEAU

RECTORA DIRECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA DAAD

ANEXO II



ABKOMMEN

FÜR DEN AUSTAUSCH VON WISSENSCHAFTLERN

ZWISCHEN DER

UNIVERSlDAD NACIONAL DE SALTA

UND DEM

DEUTSCHEN AKADEMISCHEN AUSTAUSCHDIENST (DAAD)


Mit der Absicht, die akademische Zusarnmenarbeit zwischen Wissenschaftlem der Universidad Nacional de Salta (UNSa) und Universitäten und wissenschaftlichen und/oder technologischen Institutionen der Bundesrepublik Deutschland zu fördern, unterzeichnen die UNSa und der Deutsche Akademische Austauschdienst (DAAD) folgendes Abkommen:


1. Das wissenschaftliche Kooperationsprogramm hat zum Ziel, die wissenschaftlich-technologischen Beziehungen zwischen der Universidad Nacional de Salta und der Bundesrepublik Deutschland zu verstärken.


2. Beide Seiten finanzieren den Austausch von bis zu fünf (5) Professoren und/oder Forschern der UNSa und bis zu fünf (5) deutschen Wissenschaftlem pro Jahr. Dieser Austausch hängt van den .jeweiligen Finanzmitteln ab und beide Institutionen verpflichten sich, die notwendigen Mittel ihren Möglichkeiten gemβzur Verfügung zu stellen. Diese Mittel sind ausschlieβich zur Finanzierung der Reise- und Aufenthaltskosten gedacht und schlieβn keine Infrastruktur- und Materialkosten mil ein.


3. Beide Seiten bemühen sich darum, dass die Zahl der jährlich teilnehmenden Wissenschaftler der UNSa und die der deutschen Wissenschaftler ausgeglichen ist.


4. Dieser Austausch steht im Prinzip allen Disziplinen offen, diese müssen jedoch gegenseitig akzeptiert werden.


5. Sowohl die UNSa als auch der DAAD schlagen ihre Wissenschaftler für den Austausch vor. Es können sich die Wissenschaftler bewerben, die schon Kontakt mil Akademikem anerkannter wissenschaftlicher Forschungszentren haben und sie brauchen die Zustimmung der Gastinstitution.


6. Das allgemeine Prinzip für die Finanzierung der sich aus diesem Abkommen ergebenden akademischen Tatigkeiten ist folgendes:


Die entsendende Seite deckt - innerhalb ihrer Möglichkeiten und des ökonomischen Kontextes - die Reisekosten.

Die aufnehmende Seite deckt -innerhalb ihrer Moglichkeiten und des okonomischen Kontextes -die Aufenthaltskosten.


Die Dauer des Austausches sollte generell nicht weniger als 3 (drei) Wochen und nicht mehr als 3 (drei) Monate betragen.


7. Beide Seiten verpflichten sich, den Wortlaut dieses Abkommens zu verbreiten und sich um einen schnellen Austausch der eingegangenen Bewerbungen zu kümmern, darnit nach Eingang bei der UNSa oder dem DAAD innerhalb einer Dreimonatsfrist darüber entschieden werden kann; mittels einer Prüfung durch die jeweiligen Beratungskornmissionen wird eine Rangfolge aufgestellt.

Die UNSa legt ihre Ausschreibungstermine fest und teilt sie dem DAAD mit. Der DAAD nimmt seinerseits jederzeit Bewerbungen entgegen, und zwar mindestens drei Monate vor dem Datum der Reise, für die finanzielle Unterstützung beantragt wird. Das Vorgehen wird im Anhang genauer erläutert.


8. Das vorliegende Abkornmen tritt am Tag der Unterzeichnung in Kraft und hat eine anfángliche Gültigkeit von drei Jahren. Nach Ablauf dieses Zeitraums wird es automatisch um jeweils ein Jahr verlängert, wenn nicht eine der beiden Seiten der anderen - mit einer Vorankündigung von 6 (sechs) Monaten - schriftlich mitteilt, dass sie den Vertrag lösen will. Es werden 2 (zwei).

Exemplare, eins auf Deutsch und eins auf Spanisch, unterzeichnet, die gleichermaβen gültig sind.



Ort und Datum: Salta, 26 de febrero de 2007



Firmado Firmado

ING.AGR. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI DR. BERNHARD CHAPPUZEAU

für die Universität für den DAAD