SALTA, 21 MAR 2007




Expte. N° 203/07


VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA UNIVERSIDAD ARGENTINA, convocado en el mes de diciembre del año 2006 por la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA; y


CONSIDERANDO:


QUE esta Casa de Altos Estudios ha participado de dicha Convocatoria y fueron seleccionados cuatro proyectos en las áreas de Refuncionalización de las Oficinas de Relaciones Internacionales y de Fortalecimiento de Redes Internacionales.


QUE en concepto de subsidios destinados a los distintos proyectos se recibirán los siguientes fondos:


QUE la Resolución Rectoral Nº 0107-07 establece las normas a aplicar para la rendición ante el organismo otorgante del subsidio y los responsables de administrar los fondos.

Por ello :


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Designar a la Dra. Judith FRANCO, Coordinadora de Posgrado y Relaciones Internacionales, como responsable de administrar los fondos correspondientes a la financiación de los siguientes Proyectos:



ARTICULO 2º - Designar a la Ing. Margarita ARMADA como responsable de administrar los fondos correspondientes a la financiación del Proyecto: DESARROLLO DE PELÍCULAS Y CÁPSULAS COMESTIBLES EN RED DE POSTGRADOS EN ALIMENTOS.


ARTICULO 3º.- Designar al Ing. Sergio REYES, Secretario de Extensión Universitaria, como responsable de administrar los fondos correspondientes a la financiación del Proyecto: RED DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA: UNIVERSIDADES HACIA LA INTEGRACIÓN DE FRONTERAS.


ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido, que de acuerdo al artículo 1º de la Resolución Rectoral Nº 0107-07, los fondos en concepto de subsidios destinados a los siguientes proyectos, ingresarán a la Cuenta General de la Universidad, por medio de la Tesorería, de acuerdo al siguiente detalle:



ARTICULO 5º.- Establecer que de acuerdo al artículo 3º de la Resolución Rectoral Nº 0107-07 se elevará al Ministerio de Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología la rendición de gastos efectivamente realizados de los fondos recibidos, de acuerdo con las especificaciones generales y particulares que requiera el citado Ministerio.


ARTICULO 6º.- Dejar establecido que las diferencias deberán devolverse al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, mediante un depósito a la cuenta que proporcione el referido Organismo.


ARTÍCULO 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad y Tesorería General, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0201-07