SALTA, 16 MAR 2007



Expte. Nº 17.615/06


VISTO estas actuaciones relacionadas con la PRIMERA CONVOCATORIA DE PUBLICACIONES INÉDITAS y RENDICIÓN DE TEXTOS U OBRAS CLÁSICAS, con el sello de la Editorial; y


CONSIDERANDO:


QUE mediante resolución rectoral Nº 0829-06, de fecha 29 de agosto de 2.006, se aprueba la PRIMERA PUBLICACIÓN DE RE-EDICIÓN DE OBRAS CLÁSICAS, de interés para la comunidad universitaria y el medio, con sello de EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA.


QUE en tiempo y forma establecidos, se realizó la convocatoria y recepción de las obras por parte de la EUNSA.


QUE el Consejo Editorial de la EUNSA analizó los criterios y requisitos definitivos de evaluación para la selección de las Obras a publicar: “OBRAS INÉDITAS y RE-EDICIÓN DE TEXTOS U OBRAS CLÁSICAS”, con el sello de la Editorial, y emitió dictamen de selección.


QUE para el inicio de las primeras publicaciones en formato Texto Inéditos, re-edición de Obras Clásicas, la EUNSA fijó que las mismas se realizarán bajo el criterio de “COLECCIONES”, siendo encuadrados en series: “DOCENCIA, RE-EDICIONES, SOCIALES y DOCUMENTOS”, de las cuales a su vez podrán desagregarse otros títulos disciplinarios.


QUE se hace imprescindible concretar entre la EUNSA y el o los autores de Obras, una disponibilidad contractual/legal bajo la denominación de CESIÓN DE DERECHOS DE AUTOR.


QUE el o los autores de Obras, deberán cumplimentar previo a la Publicación de Obras, los requisitos necesarios de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Rectoral Nº 0827-06.



Por ello y atento a lo aconsejado por la EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Disponer el inicio de las Primeras Publicaciones en Formato “TEXTOS INÉDITOS, RE-EDICIÓN DE OBRAS CLÁSICAS”, pudiéndose encuadrar como “COLECCIONES”, y organizadas en Series: “DOCENCIA, RE-EDICIONES, SOCIALES Y DOCUMENTALES”.


ARTÍCULO 2º.- Aceptar, de las propuestas presentadas a publicar “OBRAS INÉDITAS y RE-EDICIÓN DE TEXTOS U OBRAS CLÁSICAS”, las siguientes:


COLECCIÓN DOCENCIA:



COLECCIÓN SOCIALES:


COLECCIONES DOCUMENTALES:



COLECCIONES RE-EDICIONES


Serie Documentos:



Serie Literatura:



Serie Sociales:



Serie Docencia:




COLECCIÓN LITERATURA



ARTICULO 3º.- Como condición de Publicación, los autores de las obras cualquiera fuera el formato, deberán conformar un Contrato de CESIÓN DE DERECHO DE AUTOR con la EUNSA, el cual tendrá un tiempo máximo de 2 (dos) años de duración pudiéndose renovar.


ARTÍCULO 4º.- El o los Autores deberán cumplimentar los requisitos necesarios de acuerdo a lo expuesto en la Resolución Rectoral Nº 0827-06.


ARTÍCULO 5º.- Delegar en la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, responsable de la Dirección de la EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, la gestión de los trámites de ISBN ante la CÁMARA ARGENTINA DEL LIBRO, como así tambien todo lo relacionado a los aspectos legales: Cesión de Derechos de Autor y la Publicación de la Obra.


ARTICULO 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, de Extensión Universitaria, Consejo Editorial, Comisiones Editoriales de las Facultades e Institutos y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

PROF. MARTA ZULMA PALERMO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ACADEMICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0183-07