SALTA, 15 MAR 2007



Expte. Nº 964/06


VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través de la FACULTAD DE HUMANIDADES y la COORDINACIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS y ARCHIVOS DE LA PROVINCIA DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el presente convenio tiene por objetivo coordinar entre las partes tareas de investigación. A tal efecto la Facultad designará el equipo que tendrá la responsabilidad de realizar las tareas, las que se desarrollarán en las instalaciones de la Biblioteca y Archivo y serán previamente consensuadas.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 18 tomó la debida intervención, mediante Dictamen Nº 9107.


QUE a fs. 9 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 200/06, en el cual aconseja la aprobación del citado convenio.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través de la FACULTAD DE HUMANIDADES y la COORDINACIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS y ARCHIVOS DE LA PROVINCIA DE SALTA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y de Cooperación Técnica, Facultad de Humanidades y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0181-07



ANEXO I


CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE

LA COORDINACIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS DE LA

PROVINCIA DE SALTA

Y LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA



Entre la COORDINACIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS DE LA PROVINCIA DE SALTA en adelante "La Coordinación" representada en este acto por su Director Prof. Miguel Ángel CÁSERES, con domicilio legal en calle Caseros Nº 962 de la ciudad de Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAL TA, a través de la FACULTAD DE HUMANIDADES en adelante “La Facultad" representada en este acto por la Sra. Rectora, Ing. Agr. Stella PÉREZ DE BIANCHI y por la Sra. Decana de la Facultad de Humanidades, Lic. Catalina BULlUBASICH, con domicilio legal en Avda. Bolivia Nº 5150 de la ciudad de Salta, las partes acuerdan celebrar un CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACÍÓN, en consideración a:


Que La Biblioteca Provincial Dr. Victorino de la Plaza y el Archivo y Biblioteca Histórica de la Provincia, organismos dependientes de la Coordinación General, son depositarios en su sección de Hemerotecas de Diarios y Revistas del Siglo IXX, XX y XXI y, tienen a su cargo el resguardo de dicho material y la coordinación del mismo está a cargo de su director.


Que entre los objetivos de la carrera de Historía que se dicta en La Facultad, se prevé la conformación de equipos de investigación, constituídos por docentes y estudiantes que requieren consultar el material disponible para su formación académica y como investigadores.


Las partes de común acuerdo celebran el presente Convenio Específico de Colaboración que se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA: El presente Convenio tiene por objeto coordinar entre las partes tareas de investigación. La Facultad designará el equipo que tendrá la responsabilidad de realizar dichas tareas, las mismas se desarrollarán en las instalaciones de La Biblioteca y el Archivo y serán previamente consensuadas.


SEGUNDA: Al efecto descripto en la cláusula precedente, las partes se prestarán colaboración en la ejecución de actividades previstas. A tal fin la Facultad de Humanidades elevará en distintos momentos del año a La Coordinación la nómina de docentes y estudiantes de las distintas cátedras, que conforman el equipo de investigación que requieran la consulta del material de las hemerotecas correspondientes al período 1855-1950.


TERCERA: Para una mejor organización de las tareas, sólo podrán acceder al material solicitado, las personas que hayan sido autorizadas. Las que serán provistas de un "carné provisorio de investigador". El material disponible podrá ser fichado o fotografiado, en este último caso comprometiéndose la Hemeroteca.


CUARTA: La Facultad designa como responsable al Prof. Ruben Emilio CORREA y La Coordinación designa como responsables al Prof. Néstor CARO y la Señora Bilma ROMANO.


QUINTA: El presente convenio tendrá una vigencia de un (1) año a partir de la fecha de su firma y será prorrogado si las partes acuerdan por escrito su necesidad. Las partes quedan en Iibertad de rescindirlo sin causa alguna, debiendo denunciarlo en forma fehaciente con una anticipación mínima de treinta días.


SEXTA: Las partes se comprometen a resolver directa y amistosamente entre ellas los desacuerdos o diferencias que pudieran originarse en el planeamiento y ejecución de los trabajos. En caso de no legar a un acuerdo, las partes se someterán a los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta.



En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta, a los ocho del mes de febrero del año dos mil siete.-



FIRMADO FIRMADO

PROF. MIGUEL ANGEL CÁSERES ING. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

DIRECTOR RECTORA

BIBLIOTECA POPULAR VICTORINO DE LA PLAZA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA




FIRMADO

PROF. CATALINA BULIUBASICH

DECANA

FACULTAD DE HUMANIDADES