SALTA, 26 DIC 2006



Expte. N° 17.082/06


VISTO este expediente y la Resolución Nº 109-DGA-06, mediante la cual se aprueba el pliego de condiciones para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONFITERÍA en el Complejo Universitario Gral. San Martín de esta Universidad, y se llama a Pedido de Precios Nº 029/06; y


CONSIDERANDO:

QUE se ha efectuado la apertura de una (1) oferta presentada en el día y hora fijado, de acuerdo a la publicación efectuada de acuerdo al siguiente detalle:


QUE en el presente Pedido de Precios se dio cumplimiento a todas las disposiciones vigentes en materia de Contrataciones del Estado y al Artículo 20 a) del Decreto Nº 436/00 reglamentario del Decreto Nº 1.023/01.


QUE a fs. 108 la Comisión de Preadjudicación designada a tal efecto, emite informe de fecha 13 de diciembre de 2006, en el cual resuelve preadjudicar el Pedido de Precios Nº 029/06 para la CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CONFITERÍA en el Complejo Universitario Gral. San Martín de esta Universidad, al Sr. Edgardo Osvaldo Antonio YAPURA, con domicilio en 20 de febrero Nº 1758 de la ciudad de Salta, a partir del 1º de febrero de 2.007 y por el término de dos años, que podrá ser renovado por un año mas y por única vez, previa evaluación, por el canon mensual de PESOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA ( $ 1.750,00).

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Adjudicar el Pedido de Precios Nº 029/06, referido a la CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CONFITERÍA en el Complejo Universitario Gral. San Martín de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, al Sr. Edgardo Osvaldo Antonio YAPURA – D.N.I. Nº 18.451.467, con domicilio en 20 de febrero Nº 1758 de la ciudad de Salta, a partir del 1º de febrero de 2.007 y por el término de dos (2) años, que podrá ser renovado por un (1) año mas y por única vez, previa evaluación, en un todo de acuerdo a la propuesta presentada y a lo dictaminado por la Comisión de Preadjudicación designada a tal efecto.


ARTICULO 2º.- Dejar establecido que se fija un canon de PESOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 1.750,00) mensuales, el cual deberá ser ingresado a la TESORERÍA GENERAL de la UNIVERSIDAD.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarlas del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Direcciones Generales de Administración y de Obras y Servicios, Dirección de Contrataciones y Compras y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1273-06