SALTA, 04 DIC 2006



Expte. Nº 18.239/05


VISTO estas actuaciones relacionadas con la obra Nº 115/4: FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD – AMPLIACIÓN DE 2 BOXES, adjudicada a la Empresa Ing. Julio Delizia - Proyectos y Obras Civiles; y


CONSIDERANDO:


QUE se ha terminado con la ejecución de la Obra mencionada.


QUE por ser el sistema de contratación por Unidad de Medida, se han incrementado algunos ítems del cómputo oficial, en la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 31/100 ( $ 5.540,31), según Informe de la Inspección de Obra.


QUE debe dictarse resolución de Ampliación de Contrato por dicha suma, según se solicita en el Artículo 4º de la Resolución Nº 126-DGOyS-06.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Ampliar el Contrato suscripto con la Empresa Ing. Julio Delizia - Proyectos y Obras Civiles, con domicilio en Juan M. de Rosas Nº 501, de Villa San Lorenzo, para la ejecución de la Obra Nº 115/4: FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD – AMPLIACIÓN DE 2 BOXES, por la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 31/100 ( $ 5.540,31).


ARTÍCULO 2º.- Imputar la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 31/100 ( $ 5.540,31), a la partida 4.2.1.: CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO – Dependencia 26 – Fuente de Financiamiento 16 del presupuesto de la Facultad de Ciencias de la Salud de esta Universidad, para el corriente ejercicio.



ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Facultad de Ciencas de la SaludDirecciones Generales de Administración y de Obras y Servicios, Dirección de Contrataciones y Compras, y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 1179-06