SALTA, 30 NOV 2006



Expte. Nº 21.075/06


VISTO la presentación realizada por la Lic. Alejandra BERGAGNA y el Lic. Mario Armando CEJAS, docentes del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA” de esta Universidad; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicitan ayuda económica de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) para solventar parte de los gastos que demande el Proyecto de Guardería de Barrio “1º de Mayo”.



QUE dicho proyecto se desarrolla en el marco de las actividades de Extensión de los Talleres de Cooperativismo y Organización Administrativa, correspondientes al 5º año de la Orientación del citado INSTITUTO, de manera integrada con las siguientes Instituciones: Centro Vecinal 1º de Mayo, Secretaría de Niñez y Familia, Centro Integrador Comunitario de Bº Unión y Oficina de Empleo Local.



Por ello:


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Otorgar a la Lic. Alejandra BERGAGNA y al Lic. Mario Armando CEJAS, docentes del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA” de esta Universidad, la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00), en concepto de ayuda económica, para solventar parte de los gastos que demande el PROYECTO DE GUARDERÍA DE BARRIO “1º DE MAYO”.


ARTICULO 2º.- Imputar el presente gasto en las respectivas partidas presupuestarias de Rectorado.


ARTICULO 3º.- Establecer que los docentes mencionados deberán presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total asignada.


ARTICULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia” y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR


RESOLUCIÓN - R - Nº 1165-06