SALTA, 03 NOV 2006




Expte. Nº 8.079/99



VISTO estas actuaciones relacionadas con la renovación del Convenio Marco suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE ambas partes acuerdan en mantener la continuidad del Convenio Marco celebrado el 28 de Octubre de 1999, aprobado por Resolución Rectoral Nº 005-00 de la Universidad Nacional de Salta del 4 de enero de 2000.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 31 tomó la debida intervención, mediante Dictamen Nº 8868, en el cual informa que no tiene objeción legal que formularle.


QUE a fs. 34 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 109/06, en el cual aconseja la aprobación de la renovación del citado convenio.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar la renovación del Convenio Marco suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Exactas y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1071-06





ANEXO I



RENOVACION DEL CONVENIO MARCO ENTRE

LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA Y

LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA



Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA, con domicilio en Avda. 7 Nº 776 de la ciudad de La Plata, de la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Presidente Dr. Gustavo Azpiazú y, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, con domicilio en Avda. Bolivia Nº 5150, Salta, Provincia de Salta, representada en este acto por la Señora Rectora, Ing. Stella Pérez de Bianchi, por la otra, se acuerda celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:



PRIMERA: Ambas partes acuerdan en mantener la continuidad del Convenio Marco celebrado el 28 de Octubre de 1999, aprobado por Resolución Rectoral Nº 005-00 de la Universidad Nacional de Salta del 4 de enero de 2000.



SEGUNDA: El convenio tendrá una vigencia de cinco años a partir de la fecha de su firma y será prorrogado automaticamente por períodos iguales. Las partes quedan en libertad de rescindirlo sin causa alguna, debiendo denunciarlo en forma fehaciente con una anticipación mínima de treinta días. La finalización anticipada del Convenio no afectara la marcha y conclusión de los Protocolos en ejecución.



En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta a los treinta días del mes de agosto de dos mil seis.




FIRMADO FIRMADO

DR. GUSTAVO APIAZÚ ING. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

PRESIDENTE RECTORA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA