SALTA, 30 OCT 2006



Expte. Nº 8.658/06


VISTO estas actuaciones por las cuales el Ing. Daniel HOYOS, Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, solicita ayuda económica del FONDO DE CAPACITACIÓN DOCENTE, para asistir a la Escuela Argentina de Microelectrónica, Tecnología y Aplicaciones; y


CONSIDERANDO:


QUE el Consejo Directivo de la citada Facultad, mediante Res. CD Nº 385/06, solicita al Consejo Superior se otorgue al citado docente, la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00), en el marco del Fondo de Capacitación Docente.

QUE el pedido se ajusta al Reglamento vigente, aprobado mediante Resolución CS. N° 229/91 y modificatoria.

Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA DEL CONSEJO SUPERIOR en su Despacho Nº 184/06 de fecha 20 de octubre de 2006 y lo dispuesto por la resolución CS-Nº 235/03,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Asignar al Ing. Daniel HOYOS, Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ( $ 1.500,00) del Fondo de Capacitación Docente de la citada Facultad, para asistir a la Escuela Argentina de Microelectrónica, Tecnología y Aplicaciones.


ARTICULO 2º.- Establecer que el docente mencionado en el artículo 1º, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total asignada.

ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Facultad de Ciencias Exactas y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1034-06