SALTA, 09 OCT 2006




Expte. Nº 355/06


VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO DE PASANTIAS, suscrito entre la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el mencionado Convenio de Pasantías tiene como objetivo que los pasantes puedan poner en práctica los conocimientos teóricos adquiridos durante su formación universitarial.


QUE a fs. 9, ASESORIA JURÍDICA tomó la debida intervensión mediante Dictamen Nº 8769.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO a fs. 14 mediante Despacho Nº 86/06, aconseja la aprobación del referido Convenio.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el nuevo CONVENIO DE PASANTIAS, suscrito entre la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0931-06








ANEXO I



CONVENIO DE PASANTIAS ENTRE

LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA

Y LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA



Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, representada en este acto por su Sra. Rectora Ing. Agr. Stella Maris PÉREZ de BIANCHI, con domicilio en Avda. Bolivia Nº 5150 de la ciudad de Salta, en adelante "UNSa" y la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA, representada en este acto por su Rector Dr. Alfredo Gustavo PUIG, con domicilio en Campo Castañares de la ciudad de Salta, en adelante “UCS” manifiestan:


Que desean adecuar el convenio ya existente sobre pasantías que permitirá a los jóvenes universitarios adquirir experiencia, complementando de esta forma sus conocimientos teóricos en el marco de la Ley N° 25.165, de Pasantías Educativas y sus modificatorias.

En consecuencia, las partes acuerdan:

PRIMERO: Renovar y adecuar el convenio de pasantías rentadas entre las partes a la nueva legislación imperante.


SEGUNDO: El objetivo de la pasantía será que los pasantes puedan poner en práctica los conocimientos teóricos adquiridos durante su formación universitaria.


TERCERO: La UNSa incorporará a su requerimiento, en calidad de pasantes a alumnos de la Facultad de Ciencias Jurídicas, que serán seleccionados luego de un llamado a inscripción realizado por ésa Facultad. Los alumnos para acceder a la pasantía deberán estar cursando el último año de la carrera de Derecho, tener aprobado Derecho Administrativo, buen rendimiento académico y no deberán encontrarse actuando bajo relación de dependencia.


CUARTO: La situación de pasantía no creará ninguna relación jurídica laboral entre el pasante y la UNSa


QUINTO: Los pasantes realizarán prácticas en la Dirección de Asesoría Jurídica y/o Dirección de Sumarios de la UNSa


SEXTO: El pasante deberá ser notificado al inicio de la pasantía de las obligaciones derivadas de las cláusulas del presente convenio. Deberá observar asistencia y disciplina. Los plazos y términos de la pasantía serán de un mínimo de dos meses y hasta un año, con opción a un año más; salvo informe desfavorable del pasante.


SÉPTIMO: La UNSa entregará al pasante una suma mensual en concepto de asignación estímulo con el fin de ayudarlo a sufragar gastos de estudios durante el cumplimiento de la pasantía; debiendo cumplir el pasante con una jornada máxima de seis (6) horas diarias de labor, las que no podrán superar treinta (30) horas semanales y autorizará al pasante hasta 10 (diez) días en el año lectivo para rendir exámenes parciales y finales.




OCTAVO: La UNSa se compromete a asegurar al pasante y a brindarle los conocimientos necesarios y a realizar los mejores y mayores esfuerzos para cumplir acabadamente con los fines de la pasantía.


NOVENO: Cada pasante suscribirá un Acuerdo Individual en el cual se estipulará: a) lugar donde se desarrollará la actividad; b) plazo de la pasantía; c) horario a cumplir por el pasante; d) monto de la asignación estímulo mencionada en el punto séptimo. La UNSa remitirá a la UCS una copia de cada acuerdo.


DÉCIMO: Las actividades que realice el pasante serán coordinadas y evaluadas por un funcionario de la Dirección de Sumarios y/o Asesoría Jurídica de la UNSa y por un tutor de la UCS, designados al efecto, quienes estarán a cargo del proyecto individual de cada pasantía, debiendo al finalizar ésta, producir un informe evaluando las actividades realizadas y resultados alcanzados por el pasante. Este informe tendrá carácter reservado y se confeccionará en tres ejemplares, uno quedará en poder de la UNSa, otro para la UCS para incluir en el legajo del alumno pasante y otro para el interesado.


DÉCIMO PRIMERO: El pasante deberá cumplir estrictamente con las normas internas de la UNSa, efectuar sus obligaciones con diligencia y prestar servicios con puntualidad, asistencia regular y dedicación.


DÉCIMO SEGUNDO: En caso de conflicto las partes se someterán a los Tribunales Federales de la ciudad de Salta.


En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta, a los veintidos del mes de agosto del año dos mil seis.




FIRMADO FIRMADO

DR. GUSTAVO ALFREDO PUIG ING. AGR. STELLA MARIS P. DE BIANCHI

RECTOR RECTORA

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA