SALTA, 02 OCT 2006




Expte. Nº 2.534/06


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por la Prof. Raquel Edith SÁNGARY, personal de apoyo universitario, categoría 5 del Departamento de Educación Física y Deportes de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO; y


CONSIDERANDO:


QUE por resolución rectoral Nº 605-06, de fecha 4 de julio de 2.006, se asigna a dicha agente, una ayuda económica de $ 300,00 (PESOS TRESCIENTOS), para realizar el Curso SUPER INTENSIVO (Oxígeno Pilates), a llevarse a cabo en Salta, del 28 al 30 de julio de 2.006.


QUE la Prof. Sángary informa que se modificó la fecha del citado curso, por lo que solicita nuevamente una ayuda económica para realizar un curso sobre el método RITMIX, que se dictará el 5 y 6 de agosto – primer módulo, y el 2 de setiembre de 2.006 – segundo módulo.


QUE la COMISIÓN DE CAPACITACIÓN PAU emite Despacho Nº 046/06 de fecha 28 de agosto de 2006, en el cual aconseja otorgar a la Prof. SÁNGARY, una ayuda económica de $ 300,00 (PESOS TRESCIENTOS), para realizar dicho curso. Asimismo aconseja dejar sin efecto la Resolución Rectoral Nº 605-06.


Por ello:

LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Asignar a la Prof. Raquel Edith SÁNGARY – Legajo Nº 3583, Personal de Apoyo Universitario, Categoría 5 del Departamento de Educación Física y Deportes de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, una ayuda económica de $ 300,00 (PESOS TRESCIENTOS), para realizar el Curso sobre el método RITMIX, que se realizará en Salta, el 5 y 6 de agosto – primer módulo, y el 2 de setiembre de 2.006 – segundo módulo.


ARTÍCULO 2º.- Dejar sin efecto la resolución rectoral Nº 605-06, de fecha 4 de julio de 2.006, por los motivos expuestos en el exordio.


ARTICULO 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de esta resolución en las respectivas partidas del Fondo de Capacitación del Personal de Apoyo Universitario del presupuesto de esta Universidad, para el corriente ejercicio.


ARTICULO 4º.- Establecer que la Prof. SÁNGARY, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de la Universidad, una oportuna y documentada rendición de cuentas de la asignación otorgada.



ARTÍCULO 5º.- Dejar aclarado que la mencionada agente deberá transferir los conocimientos adquiridos (a través de talleres, informes, documentación u otra modalidad), a la comunidad universitaria en su totalidad o a un sector previamente establecido.


ARTICULO 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0921-06