SALTA, 04 SEP 2006





Expte. N° 18.050/06


VISTO este expediente relacionado con la Licitación Pública Nº 02/06, para la Ejecución de la Obra N° 035/7: - SEDE REGIONAL TARTAGAL – AMPLIACIÓN CUATRO AULAS; y


CONSIDERANDO:

QUE de acuerdo al Acta de fs. 30/31, se ha efectuado la apertura de las ofertas presentadas en el día y hora fijados, en virtud a la publicación del llamado efectuado en medios oficiales y privados y de acuerdo al siguiente detalle:


QUE en la presente Licitación se dio cumplimiento a todas las disposiciones vigentes en materia de Contrataciones del Estado y la Ley 13.064 de Obras Públicas.


QUE en fs. 66/67 la Comisión de Preadjudicación designada al efecto, emite informe de fecha 8 de agosto de 2006, teniendo en cuenta lo analizado y en virtud del Artículo 31 del Pliego de Cláusulas Generales, recomienda adjudicar la Licitación Pública Nº 02/06, para la Ejecución de la Obra N° 035/7: - SEDE REGIONAL TARTAGAL – AMPLIACIÓN CUATRO AULAS a la EMPRESA DE SERVICIOS Y OBRAS S.R.L., con domicilio en calle Alvear Nº 442, de la ciudad de Salta, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 37/100 ($ 482.369,37), en un todo de acuerdo al legajo de Obra, su oferta final, aclaraciones y Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro de Construcciones de Obras Públicas, por cumplir con todos los requisitos establecidos y resultar la oferta más conveniente.

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,



LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 02/06, para la Ejecución de la Obra N° 035/7: - SEDE REGIONAL TARTAGAL – AMPLIACIÓN CUATRO AULAS ,a la EMPRESA DE SERVICIOS Y OBRAS S.R.L., con domicilio en calle Alvear Nº 442, de la ciudad de Salta, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 37/100 ($ 482.369,37).




ARTICULO 2º.- Dejar establecido que La Contratista acepta según pliego y Decretos PE N° 1295/02, N° 1953/02, resoluciones ME y SOP N° 396/02, N° 107/02 y Resolución SIGEN Nº 157/02 que en el reconocimiento de Redeterminación de Precios, el 10% (diez por ciento) del valor de cada ítem, no sufrirá variación alguna, pese a que en los análisis de precios presentados por la Contratista se consigna Gastos Generales 0% (cero por ciento) y Beneficios 0% (cero por ciento). Por lo tanto, el porcentaje de la variación de tal Redeterminación de Precios, se aplicará sobre el 90% (noventa por ciento) del precio adoptado del ítem.


ARTICULO 3º.- Imputar la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 37/100 ($ 482.369,37), en las respectivas partidas presupuestarias del Presupuesto de la Universidad para el correspondiente ejercicio.


ARTICULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Sede Regional Tartagal, Dirección General de Obras y Servicios, Dirección de Contrataciones y Compras y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0831-06