SALTA, 28 AGO 2006



Expte. Nº 4.518/06


VISTO estas actuaciones por las cuales la Lic. Liliana FORTUNY, Profesora Adjunta con dedicación exclusiva de la FACULTAD DE HUMANIDADES, solicita ayuda económica del FONDO DE CAPACITACIÓN DOCENTE, para solventar gastos de la Maestría en Ciencias del Lenguaje que dicta esta UNIVERSIDAD; y


CONSIDERANDO:


QUE el Consejo Directivo de la citada Facultad, mediante Res. - H - Nº 808-06, solicita al Consejo Superior se otorgue a la citada docente, la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIEZ ($ 410,00), en el marco del Fondo de Capacitación Docente.

QUE el pedido se ajusta al Reglamento vigente, aprobado mediante Resolución CS. N° 229/91 y modificatoria.

Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA DEL CONSEJO SUPERIOR en su Despacho Nº 133/06 de fecha 11 de agosto de 2006 y lo dispuesto por la resolución CS-Nº 235/03,

LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Asignar a la Lic. Liliana FORTUNY, Profesora Adjunta con dedicación exclusiva de la FACULTAD DE HUMANIDADES, la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIEZ ($ 410,00), del Fondo de Capacitación Docente de la citada Facultad, para solventar gastos de la Maestría en Ciencias del Lenguaje que dicta esta UNIVERSIDAD.


ARTICULO 2º.- Establecer que la docente mencionada en el artículo 1º, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total asignada.

ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Facultad de Humanidades y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la FACULTAD DE HUMANIDADES para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA


RESOLUCIÓN - R - Nº 0816-06