SALTA, 24 AGO 2006



Expte. Nº 17.047/06


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicta la afectación del Sr. Carlos Claudio RIVERA, para prestar servicios en el Departamento de Comedor Universitario, a partir del 2 de agosto del corriente año, de lunes a viernes, en el horario de 14 a 16 hs.


QUE el pedido se encuentra previsto en el Artículo 74 del Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por el Decreto Nº 0366/2006.



Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Autorizar la liquidación y pago de Horas Extras, por exceso de su jornada habitual de trabajo, previsto en el artículo 74 del Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por el Decreto Nº 0366/2006, a favor del Sr. Carlos Claudio RIVERA, con efecto al 2 de agosto y hasta el 31 de agosto de 2.006, con el cumplimiento de 10 horas semanales de trabajo.


ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al inciso 1 – Gastos en Personal, del presupuesto de la Universidad por el corriente ejercicio.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Dirección General de Personal y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0803-06