SALTA, 06 JUL 2006





Expte. Nº SO-19.174/05


VISTO estas actuaciones y la Resolución Nº SO-105-06 de fecha 3 de julio de 2006, de la SEDE REGIONAL ORÁN; y


CONSIDERANDO:


QUE por el artículo 1º de la mencionada resolución se adjudica a “El Halcón” - Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada, cuyo Director es el Sr. Faustino Velarde D.N.I. Nº 5.409.576, con domicilio en Santa Fe Nº 366 de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, por la suma de $ 11.248,00 (Pesos Once mil Doscientos Cuarenta y Ocho) – 1.406 horas por $ 8,oo (Pesos Ocho) la hora/hombre – a partir del 7 de julio y hasta el 30 de Setiembre de 2006, por Servicio de Vigilancia Privada del edificio de la Sede Regional Orán de 21:00 a 07:00 de Lunes a Viernes – Sábados, Domingos, Feriados, 2 semanas de receso de invierno, Semana del Milagro y otra eventualidad las 24:00 horas, o hasta la adjudicación de la Licitación Privada para la Contratación de un nuevo servicio de vigilancia.


QUE por el artículo 3º se solicita la convalidación del citado acto administrativo.


Por ello:

EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Convalidar la resolución SO-105-06 de fecha 3 de julio de 2006, de la SEDE REGIONAL ORÁN, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y Sede Regional Orán. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 0617-06

ANEXO I


San Ramón de la Nva. Orán, 3 de Julio de 2006



Resolución N° SO-105-06 Expte. SO-19.174-05


VISTO:


La Resolución Rectoral N° 0590-06 de fecha 3 de Julio del corriente año por la cual rescinde el contrato con la Empresa Santy del Sr. Carlos Cuellar con domicilio en Manzana 34 "B" Casa 24 del Barrio 20 de Febrero de la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, -por culpa exclusiva de la misma, acorde a lo aconsejado por la Asesoría Jurídica de la Universidad Nacional de Salta; y


CONSIDERANDO:


Que, en los considerandos de la citada resolución se transcribe Dictamen N° 8.805 de Asesoría Jurídica de la .Universidad que dice: "La Directora de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta solicita asesoramiento a fin de resolver la situación planteada con la Empresa Santy quien se encuentra encargada del Servicio de Vigilancia. Manifiesta en su nota que por Resolución SO-N° 169-05, con validada por Resolución R- 1.038-05 se concedió el servicio de vigilancia a la empresa Santy Servicios. De la documentación acompañada por la Directora de la Sede Orán, surge que la empresa citada, fue intimada a través de la Secretaría de Gobernación de Seguridad de abstenerse de realizar servicios de vigilancia, por no encontrarse habilitada como Agencia de Investigación y Vigilancia Privada y por no existir pedido de habilitación en trámite. Al respecto cabe mencionar que este Servicio Jurídico, tuvo oportunidad de expedirse al plantearse una impugnación al acto de adjudicación, y entendió que la habilitación para funcionar como Empresa de Vigilancia y la acrecencia individual del personal, debían ser presentados al momento de la adjudicación, conforme al punto 5 del pliego. Ahora bien, desde la adjudicación del servicio a la Empresa Santy, la misma no ha dado cumplimiento a la exigencia prevista en el punto 5 del pliego de condiciones, es decir no ha presentado la habilitación correspondiente. A ello debe sumarse que dIcha empresa ha sido intimada por la Secretaria de gobernación de Seguridad de abstenerse de realizar servicio de vigilancia. Por lo expuesto y atento lo manifestado por la Secretaría de Gobernación de Seguridad considero que corresponde emitir resolución rescindiendo el contrato con la Empresa Santy, por culpa exclusiva de la misma. Sirva el presente de atenta nota de elevación a la Sra. Rectora";y


Que, se debe adjudicar a "El Halcón" - Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada, cuyo Director es el Sr. Faustino Velarde a partir del 7 de Julio y hasta el 30 de Septiembre de 2006, de 21 :00 a 07:00 de Lunes a Viernes; Sábados, Domingos, Feriados, 2 Semanas de Receso de Invierno, Semana del Milagro y otra eventualidad las 24:00 horas, o hasta la Adjudicación de la Licitación Privada para la Contratación de un nuevo servicio de vigilancia; y




Expte. SO-19.174-05


Que, la Contratación del Servicio Privado de Vigilancia es únicamente para la seguridad del edificio de la Sede Regional Orán, ubicado en el domicilio de Alvarado N° 751 de la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán; y


Que, "El Halcón" - Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada, eleva cotización de $ 8,00 (Pesos Ocho) por hora hombre con IVA incluído;


Que, es necesario la confección del correspondiente acto administrativo que avale las presentes actuaciones; y


POR ELLO:


EL DIRECTOR A/C DE LA SEDE REGIONAL ORAN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º: Adjudicar a “El Halcón” - Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada, cuyo Director es el Sr. Faustino Velarde D.N.I. Nº 5.409.576, con domicilio en Santa Fe Nº 366 de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, por la suma de $ 11.248,00 (Pesos Once mil Doscientos Cuarenta y Ocho) – 1.406 horas por $ 8,oo (Pesos Ocho) la hora/hombre – a partir del 7 de julio y hasta el 30 de Setiembre de 2006, por Servicio de Vigilancia Privada del edificio de la Sede Regional Orán de 21:00 a 07:00 de Lunes a Viernes – Sábados, Domingos, Feriados, 2 semanas de receso de invierno, Semana del Milagro y otra eventualidad las 24:00 horas, o hasta la adjudicación de la Licitación Privada para la Contratación de un nuevo servicio de vigilancia.


ARTICULO 2º: Imputar la suma de $ 11.248,00 (Pesos Once Mil Doscientos Cuarenta y Ocho) a la partida:


Inciso 3 - Servicios No Personales.


Partida Principal 9 - Otros Servícios.

Partida Parcial 3 - Servicios de Vigilancia.


Dependencia 09 -Fuente de Financiamiento 11 correspondiente al Ejercicio 2006.


ARTICULO 3º: Elevar la presente resolución a la Sra. Rectora para su convalidación y cursar copia a Secretaría Administrativa, Unidad de Auditoria Interna, Dirección General de Administración, Dirección de Contrataciones y Compras, Dirección de Contabilidad, Dirección Administrativa Económica, Consejo Asesor y al interesado para su conocimiento y demás efectos.


Firmado Firmado

LIC. SUSANTA MACABATE DE SAVOY DR. MISAEL ANTELO CORTEZ

SECRETARIA – SEDE REGIONAL ORÁN CONSEJERO ASESOR

A/C DIRECCIÓN

SEDE REGIONAL ORÁN