SALTA, 23 JUN 2006




Expte. Nº 17.565/00


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Sr. Rodolfo Martín DELGADO; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita formalmente que se le restituya el adicional por Jefatura, que le fuera dejado de abonar a partir del mes de enero de 2005.


QUE a fs. 24 y 24 vta. ASESORÍA JURÍDICA emite Dictamen Nº 8633, el cual se transcribe textualmente a continuación:

“Las actuaciones de referencia vienen a este Servicio Jurídico a fin que el mismo dictamine respecto de la presentación efectuada por el Sr. Rodolfo Martín Delgado, obrante a fs. 10/11 de autos, por la cual solicita el pago del adicional por jefatura dejado de percibir desde el mes de enero del año 2005.

Rola a fs. 14/15 informe de la Dirección General de Personal, del que se desprende en los puntos 3 y 4 del mismo lo siguiente: "En el caso del adicional por jefatura, conforme el criterio seguido por esta Dirección General para su otorgamiento se debe tener en cuenta el cumplimiento de los requisitos del caso, y entre los cuales se encuentra el de tener personal a cargo. Este requisito se encuentra contemplado en algunas decisiones adoptadas por el Consejo Superior para casos de similar índole.

La consideración establecida en el art. 2º de la Resolución 503/00, en donde la dependencia debe informar cuales serán las funciones asignadas al agente con el fin de determinar que adicionales le corresponden es correcta. Se desprende que el reconocimiento deberá ser efectuado en algún momento posterior a la emisión de la citada resolución y es responsabilidad compartida, tanto de la dependencia el de informar si fuere necesario como el del agente el de reclamar en tiempo y forma el derecho que le cabe, siempre que se den las condiciones para ello. De los antecedentes obrantes en la actuación de referencia no se determina informe alguno al respecto."

Finalmente concluye el informe del Director General de Personal que: "se suspendió el pago del adicional por jefatura desde el año 2005, y que se debió proceder a su no pago desde la fecha de emisión de la res. 503/00, sujeta al informe previsto en el arto 2º de la citada resolución. Que hubo pago indebido hasta el periodo 2004, si no se cumplió con los requisitos para su percepción".

Al respecto, cabe mencionar que este Servicio Jurídico tiene ya emitida opinión referida al pago del adicional por jefatura, ejemplo de ello es el dictamen N° 5764 que se acompaña en copia al presente y se reitera en su totalidad.

Ahora bien en el caso particular bajo estudio, el Sr. Rodolfo Martín Delgado fue transferido mediante resolución N° 503/00 a la Secretaría Administrativa, manteniendo su categoría de origen - categoría 10, por lo que ante el traslado se debió mantener incólume su retribución. Así las cosas, el pago del adicional por jefatura durante el periodo 2000/2004 fue correcto y acorde a la retribución que venía percibiendo el Sr. Delgado antes del traslado dispuesto por Res. 503/00.




Por lo tanto asiste razón al agente Delgado al solicitar el pago del adicional por jefatura desde el año 2005 a la fecha, toda vez que la suspensión de pago del mismo resulta indebida, máxime teniendo en cuenta que la situación de revista del agente no ha variado y estamos ante un caso de traslado sin que esto signifique menoscabo en los haberes del agente.”


QUE a fs. 26 y 26 vta. la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL emite informe al respecto y elabora la siguiente conclusión: “Conforme se desprende de los antecedentes obrantes y siendo de legítimo abono el adicional por jefatura en el período anterior al descuento y considerándose que la situación posterior no sufre alteraciones, corresponde hacer lugar a lo solicitado, siendo coincidente con el informe de Asesoría Jurídica en su totalidad”


Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Hacer lugar a la solicitud interpuesta por el Sr. Rodolfo Martín DELGADO, en el sentido de restituirle el Adicional por Jefatura, en un todo de acuerdo al exordio.


ARTICULO 2º.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL a efectuar la liquidación y pago del Adicional por Jefatura a favor del Sr. DELGADO, con efecto al mes de enero del año 2005.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Asesoría Jurídica, Dirección General de Personal y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0558-06