SALTA, 26 MAY 2006




Expte. Nº 16.023/06



VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROTOCOLO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA, suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN; y


CONSIDERANDO:


QUE el presente Protocolo tiene por objetivo facilitar el pago de beneficios del Programa de Incentivos a docentes de la UNSa y la UNT que participan de proyectos de investigación conjuntos.


QUE a fs. 7 ASESORÍA JURÍDICA tomó la debida intervención, mediante Dictamen Nº 8527.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 027/06, de fecha 15 de marzo de 2006, en el cual aconseja la aprobación del presente protocolo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA, suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y de Cooperación Técnica, y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0457-06





ANEXO I


PROTOCOLO DE COLABORACION RECÍPROCA


Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante UNSa, representada por su Rectora Ingeniera Agrónoma Stella Maris, PÉREZ de BIANCHI, con domicilio en Av. Bolivia 5150 de la ciudad de Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN, en adelante UNT, representada por su Rector Contador Mario MARIGLIANO, con domicilio en Ayacucho 491 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, el Sr. del Consejo de Investigación de la UNSa Lic. Elvio Edgardo ALANIS y el Sr. Secretario de Ciencia y Técnica de la UNT, Dr. Faustino SIÑERIS, acuerdan en celebrar el presente Protocolo de Colaboración Recíproco, en el marco del Convenio Marco suscripto entre las Universidades Nacionales y Provinciales de nuestro país, en los términos del Acuerdo Plenario N° 142/94 del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y en consideración a:


1. Que el Régimen Legal del Programa de Incentivos de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Título II, Capítulo 2 - Actividad Docente, en su Artículo 25 prevé la situación de revista que deben cumplir los docentes para la percepción del incentivo para la Acreditación de Proyectos de Investigación.

2. Que el Régimen Legal del Programa de Incentivos de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Título II, Capítulo 3 - Participación en Proyectos de investigación, en su Artículo 28 prevé la situación de aquellos proyectos que se desarrollan en una unidad de Investigación sin dependencia directa de la universidad en la que el investigador tiene el cargo docente.

3. Que es de interés común el mantener, profundizar y llevar adelante actividades en las áreas de investigación científica y promover el desarrollo de Proyectos de Investigación con participación de docentes Investigadores de ambas Universidades.

  1. Que hay docentes investigadores de la UNSa que participan de Proyectos de investigación de la UNT.

  2. Que es necesario establecer elementos que permitan a los mismos, acceder a los beneficios del Programa de Incentivos.

Las partes acuerdan celebrar el presente PROTOCOLO DE COLABORACION RECIPROCA que estará sujeto a las siguientes cláusulas:


Primera: El objeto del presente protocolo es facilitar el pago de beneficios del Programa de Incentivos a docentes de la UNT y la UNSa que participan de proyectos de investigación conjuntos.


Segunda: A fin de dar cumplimiento a lo previsto en la cláusula precedente, a continuación se detallan los proyectos de Investigación y la nómina de docentes que integra cada equipo de Investigación:

Proyecto de Investigación: Código Programa de Incentivos 26/E353/1.

"TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN EN LA SUPERACIÓN DE DIFICULTADES EN EL APRENDIZAJE DE CONCEPTOS y PROCEDIMIENTOS EN CIENCIA y TECNOLOGÍA", vigente, evaluado y aprobado por dicha Secretaria y que es dirigido por la Lic. Leonor COLOMBO DE CUDMANI, docente de la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología, acreditado por la UNT a partir de su inicio el 02 de mayo de 2005, en donde la Prof. Mónica Moya de Ovando es integrante. Dado que la nombrada se desempeña como Profesora Adjunta en la Cátedra de Física de la Escuela de Agronomía de la Facultad Ciencias Naturales, de la UNSa, esta gestionará su inclusión en el marco del Programa de Incentivos.

El Proyecto de Investigación 26/E353/1 citado, se inició el 02/05/2005 y tiene vigencia hasta el 30/04/08, por lo que el cobro de incentivos por la Prof. Moya estará sujeto a las evaluaciones satisfactorias en los Informes de Avance y Final respectivos que se realicen.

La UNT deberá formalmente comunicar en tiempo y forma a la UNSa el resultado de estas evaluaciones.


Proyecto de Investigación: Código Programa de Incentivos 26/E350

"ESTUDIOS SOBRE LA IONOSFERA PERTURBADA y TRANQUILA", vigente, evaluado y aprobado por dicha Secretaria y que es dirigido por el Dr. Gustavo Adolfo Mansilla, docente de la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología, acreditado por la UNT a partir de su inicio el 02 de mayo de 2005, en donde el Lic. Camilo Jadur es integrante. Dado que el nombrado se desempeña como Profesor Adjunto en la Cátedra de Física del Departamento de Matemática de la Facultad Ciencias Exactas, de la UNSa, esta gestionará su inclusión en el marco del Programa de Incentivos.

El Proyecto de Investigación 26/E350 citado, se inició el 02/05/2005 y tiene vigencia hasta el 30/04/08, por lo que el cobro de incentivos por el Lic. Jadur estará sujeto a las evaluaciones satisfactorias en los Informes de Avance y Final respectivos que se realicen.

La UNT deberá formalmente comunicar en tiempo y forma a la UNSa el resultado de estas evaluaciones.


Tercera: Las partes acuerdan que en cada proyecto de investigación se dará cumplimiento a la totalidad de la normativa para la obtención del pago de incentivos respecto de cada nuevo integrante al proyecto, obteniendo su respectiva autorización para integrar y percibir el pago del mismo por las autoridades competentes, el que será en forma individual.


Cuarta: La UNSa y la UNT delegan las tramitaciones y aspectos operativos del presente Protocolo de Colaboración Recíproca en el Presidente del Consejo de Investigación (CIUNSa) Lic. Elvio ALANIS y en el Secretario de Ciencia y Técnica (UNT), Dr. Faustino Siñeriz, respectivamente.


Quinta: La duración del presente Protocolo será durante el período en que tengan vigencia el proyecto citado. A su vencimiento y si no tuvieren prórroga, caducará y las nuevas situaciones deberán ser contempladas por instrumentos específicos similares al presente.


En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Salta a los seis días del mes de abril del año dos mil seis.



FIRMADO FIRMADO

CPN MARIO MARIGLIANO ING. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

RECTOR RECTORA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA



FIRMADO FIRMADO

DR. FAUSTINO SIÑERIS LIC. ELVIO EDGARDO ALANÍS

PRESIDENTE PRESIDENTE

SECRETARÍA CIENCIA y TÉCNICA - UNT CONSEJO DE INVESTIGACIÓN - UNSA